La decisión fue adoptada a través de la resolución general 4822 publicada hoy en el Boletín Oficial, que consideró que “resulta aconsejable extender hasta el 31 de octubre, la vigencia transitoria respecto de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable, correspondientes al régimen de facilidades de pago”.

El régimen se aplica para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, así como sus intereses y multas.

En tanto, la AFIP dispuso también que será obligatorio utilizar el servicio de Presentaciones Digitales hasta el 31 de octubre próximo, a través de la resolución general 4823.

La renovación de la medida apunta a facilitar la realización de distintos trámites en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).

El servicio de Presentaciones Digitales cuenta con más de 80 gestiones habilitadas, y la obtención de la CUIT para personas jurídicas fue el último trámite incorporado.

Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y domicilio fiscal electrónico, registrado y confirmado.

 

La disposición también exime a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta finales de octubre.

La excepción permite que los ciudadanos no tengan que concurrir a las dependencias del organismo para registrar su foto, firma y huella dactilar.

La normativa extendió, además, la posibilidad de solicitar o recuperar la clave fiscal nivel 3 por medio de cajeros automáticos habilitados.

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