“El alcohol es un producto que se utiliza sobre la piel como antiséptico o como ingrediente de formulaciones cosméticas y de higiene personal que se destinan a la sanitización de las manos, por lo cual es necesario que cumpla con los estándares de calidad y pureza establecidos por la Farmacopea Argentina para uso medicinal”, explicaron desde ANMAT en la fundamentación.

 

La disposición 8298/2020 publicada en el Boletín Oficial establece la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto “Alcohol etílico 96° Maximum Purity, de uso hospitalario, cont. Neto 500 c.c. fraccionado y distribuido por Maximum Purity, industria argentina, queda inhabilitado por estar falsamente rotulado y en consecuencia ser ilegal” y “Alcohol etílico 96° – ALCOHOL – USO MEDICINAL CALIDAD FARMACOPEA ARGENTINA, CONT. NETO 500 ml INDUSTRIA ARGENTINA, lote: 362/4, vto: 04/22, Elaborado y fraccionado por Alcohol Argentina, Empresa B Certificada” por carecer de registro y en consecuencia ser ilegal.

 

¿Cómo llegaron a la prohibición?

 

“Se recibió una consulta por parte de un representante del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires respecto del producto”. Señala que “en dicha comunicación indicaron que el rótulo del envase del producto no contiene datos de inscripción al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), datos de habilitación ante ANMAT, ni responsable de la elaboración y fraccionamiento”, revelaron.

 

“Ese alcohol está incumpliendo las normas de etiquetado del INV: no indican número de inscripto, domicilio del fraccionador, ni análisis de libre circulación (…) Se consultó en la página web de esta Administración Nacional y pudo constatarse que la firma Alcohol Argentina no se encuentra dentro del listado de empresas habilitadas y por lo tanto el producto tampoco se encuentra autorizado”.

 

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