El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 rechazó un pedido para la reducción del monto de la caución real fijada al empresario detenido Lázaro Báez, quien deberá depositar la suma de 632,5 millones de pesos que se le fijó como condición para ser excarcelado en el marco de una causa que se le sigue por lavado de activos, informaron fuentes judiciales.

 

 

Los jueces del TOF 4 sostuvieron además que si la defensa de Báez no estaba conforme con el monto fijado, la vía para recurrirlo no es un planteo ante el mismo tribunal sino una apelación ante la Cámara de Casación, según se desprende del fallo al que accedió Télam.
El fallo añade que “no hay impedimentos para que el acusado presente un seguro de caución”.

 

 

 

 

Los planteos formulados por la defensa ante el tribunal “no resultan ser la vía adecuada para plantear su disconformidad con la resolución que fuera adoptada por esta judicatura, ya que el remedio procesal pertinente hubiera sido el correspondiente recurso para que la Alzada revise la medida impuesta -caución real- en la resolución que se ataca”, sostuvieron los jueces Jorge Gorini, Néstor Costabel y Daniel Obligado.

 

 

 

Los magistrados señalaron en su fallo que el fiscal Abel Córdoba había dictaminado en favor de bajar el monto de la caución a 386,5 millones de pesos, que resultaba de aplicar la cotización del dólar minorista que publicó el Banco Central el 15 de julio, a las 15 horas, a la fianza establecida en 5,5 millones de dólares, aunque resaltaron que no compartían el criterio del acusador.

 

 

 

 

“Habremos de expresar que en la actual vida económica de nuestro país no existe una única conversión del peso argentino con relación a la moneda estadounidense y como ejemplo de ello podemos mencionar al dólar oficial, dólar minorista, dólar Banco Nación, dólar BCRA, dólar mayorista o intercambiario, dólar financiero, dólar MEP o dólar Bolsa, dólar turista o tarjeta, entre otros”, sostuvieron los jueces.

 

 

 

 

En la misma línea aseguraron que, a su entender, “la cotización del dólar oficial no resultaba la más adecuada a las circunstancias sino que el dólar MEP (Medio Electrónico de Pagos) constituía la base a tener en cuenta conforme al contexto en que fueron relatados los acontecimientos atribuidos por parte de la Fiscalía General, sin dejarse de considerar también la existencia de otras conversiones más onerosas, para concluir en la suma finalmente establecida en un todo uniforme con la suma expresada en moneda extranjera”.

 

 

 

 

 

El tribunal se opuso también a la posibilidad de conceder a Báez el arresto domiciliario -como ya tiene en otro expediente- hasta tanto se resuelva el tema de la fianza y, en ese sentido, dispuso la realización de medidas tendientes a constatar su actual estado de salud y sus condiciones de detención, toda vez que ese beneficio le había sido otorgado tiempo atrás en virtud del avance del coronavirus.

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