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El Gobierno nacional oficializó la extensión de las medidas de distanciamiento y aislamiento social, preventivo y obligatorio en Argentina, en una fase que se extiende hasta el 25 de octubre próximo por el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.

El nuevo decreto enumera las localidades del país que deberán regirse por las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO). El listado se amplió a la de anuncios anteriores, debido al importante incremento de casos que se extendió por las provincias del país.

En Santa Cruz, las ciudades que seguirán en ASPO son Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia, que al día de hoy presentan transmisión comunitaria del coronavirus y concentran la mayor cantidad de contagios de la provincia.

Respecto a lo que implica la fase de ASPO, el decreto indica que podrán desarrollarse las actividades esenciales, oportunamente autorizadas, con utilización del transporte público. Entre dichas actividades se ha incluido al personal docente y no docente de los establecimientos educativos que reanuden las clases presenciales o las actividades educativas no escolares presenciales.

En cuanto a las actividades restringidas, quedan prohibidos los eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas; los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; el transporte interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo los casos autorizados; y el turismo.

Respecto de las actividades autorizadas con anterioridad al 29 de junio por la Jefatura de Gabinete de Ministros, el gobernador dispondrá su fecha de reanudación, salvo que se trate de reuniones sociales.

En tanto, las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa y Misiones son los únicos distritos que se mantienen en su totalidad en fase de DISPO.

Vuelta a clases

El Gobierno determinó que podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros establecidos por el Consejo Federal de Educación y el Ministerio de Educación de la Nación será la autoridad competente que deberá aprobar los planes de cada jurisdicción para la vuelta a la presencialidad.

Reuniones al aire libre

En todo el país se autorizan las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, aunque seguirán sin poder utilizarse los servicios públicos de pasajeros de colectivos, trenes o subtes.

Los gobernadores podrán, eventualmente, suspenderlas con el fin de proteger la salud pública.

 

Respecto a las demás zonas del país que siguen en ASPO, entran en el extenso listado el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil, de la provincia de Buenos Aires; los departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco de la provincia de Chaco; los departamentos de Biedma y Escalante, en Chubut; los departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín, en Córdoba; los departamentos de Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá, Susques, Yavi, Rinconada y San Pedro de la provincia de Jujuy; los departamentos de Capital y Chilecito, en La Rioja; los departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato, de Mendoza; las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala, en Neuquén; las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en Río Negro; los departamentos de Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital, de Salta; el departamento de Rawson y Capital, en San Juan; el departamento de General Pedernera en San Luis; los departamentos de Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos, en Santa Fe; los departamentos de Capital y Banda en Santiago del Estero; el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego; y el departamento Capital en Tucumán.

 

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