Tras adherirse al decreto nacional que establece una estricta cuarentena hasta el 31 de mayo, Comodoro Rivadavia extenderá las medidas de restricciones hasta el 6 de junio para frenar el avance de la segunda ola de coronavirus.

 

A partir del decreto 355, el ministerio de Salud chubutense determinó que habilitarán las salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre y en horario autorizado, es decir, entre las 6 y las 19, fuera de ese lapso se mantiene la prohibición.

 

Por otra parte, las clases presenciales continuarán suspendidas en los establecimientos educativos públicos y privados de todos los niveles, al igual que la actividad de la Administración Pública Provincial, salvo aquellos entes que prestan servicios esenciales.

 

En el mismo sentido, continuarán suspendidas las actividades deportivas, culturales, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

 

Como contrapartida, quedan exceptuadas de las restricciones previstas para los departamentos de Escalante, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen y Languiñeo las siguientes actividades y servicios, las que podrán funcionar en el horario de 6 a 19 horas:

  • Atención médica
  • – Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. 

    – Personal afectado a la obra pública y privada y a tareas de seguridad en demoliciones. 

    – Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas y leña.

    – Actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

    – Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.

    – Servicios de lavandería, traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar.

    – Retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía.

    – Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

    – Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

 

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