El “acosador de la calle Kennedy” fue demorado este fin de semana, tras la denuncia e identificación de algunas mujeres, a las que les salpicaba un líquido (que suponen se trata de semen), las perseguía y las filmaba. El acosador había quedado registrado en cámaras de seguridad y fue denunciado en las redes sociales.

No es delito

La fiscal jefe de Comodoro Rivadavia, Camila Banfi, aclaró este martes que el acoso callejero no configura un delito, sino que está contemplado como una contravención, según el nuevo Código de Convivencia Ciudadana, aprobado por la Legislatura Provincial y que entró en vigencia el 1 de julio último. Sobre el acosador de la avenida Kennedy, explicó que ya se inició un proceso que prevé sanciones que van desde multa hasta tareas comunitarias, mientras que el arresto se produce cuando hay reincidencia.

A partir de ley XV número 27, la Legislatura de Chubut aprobó el Código de Convivencia Ciudadana, que entre sus alcances encuadró a las conductas de acoso callejero como “contravención”.

“De ese modo quedaron encuadradas esas conductas que estaban en una zona gris, en las que era necesario hacer un esfuerzo para encuadrarlas como ilícito pero que tampoco son un hecho menor, como también el ciberacoso o el acoso digital”, añadió.

En el artículo 103 y 105 del nuevo Código, se establecen las conductas vinculados a acoso, hostigamiento, intimidación, maltrato y acoso callejero, definido como la acción del que ejecute acciones físicas o verbales de connotación sexual, frente a personas que no deseen o rechacen esa conducta.

Análisis

“Nosotros analizamos el caso y no encuadra en las dos figuras que prevé el Código Penal -indicó la fiscal-. Una conducta prevista es la exhibición obscena de partes pudendas, del cuerpo del hombre en este caso; y la otra es el tocamiento de partes pudendas de la víctima, para configurar el abuso sexual simple. Cuando analizamos las imágenes de este caso, no se ven estas conductas, por lo que no encuadra en los delitos y se califica como contravención”.

Las sanciones para castigar la contravención

“Hay distintos tipos de sanciones -explicó la fiscal Banfi-. Van desde multas, a trabajo comunitario y arresto. También existe lo que se llama un Registro de Contravenciones, donde los contraventores que registren antecedente van a ir a una progresividad de la sanción, que empieza en el cobro de una multa importante y en la siguiente puede aplicarse trabajos comunitarios y llegar a la privación de libertad.

Si bien no son penas altísimas, es un arresto que se resuelve luego de un trámite de rápida respuesta. Además la fiscalía siempre va a analizar cada hecho y surgen elemntos de gravedad, se tratará con una carátula penal”.

no vamos a dar trato de contravención a algo que tenga entidad de mayor gravedad

La fiscal enfatizó que “no vamos a dar trato de contravención a algo que tenga entidad de mayor gravedad; si la víctima está afectada, si existen situaciones anteriores, o si hay un vínculo previo, todo se analiza y se decide si se dará carátula penal o contravencional”.

Cuando el acosador es reincidente, las penas se elevan, al igual que los días de arresto y otras sanciones contempladas en la escala de sanciones.

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