El fiscal de Estado había sido denunciado por el dirigente de izquierda Omar Latini, que lo acusó de no haber cumplido con una Resolución de la Legislatura que sugería a la provincia reclamar uno de los aviones secuestrados al grupo Indalo.
La jueza de Instrucción Marcela Quintana decidió archivar esta semana la causa contra el fiscal de Estado de Santa Cruz, Fernando Tanarro, a quien el dirigente del Partido Obrero Omar Latini acusó de incumplimiento de los deberes de funcionario público, entendiendo que no había articulado los mecanismo para cumplir con una Resolución de la Cámara de Diputados, que le sugería a la gobernadora pedir que el juez Julián Ercolini le diera a la provincia uno de los aviones secuestrados al empresario Cristóbal López y a su socio, Fabián De Souza.
El 13 de febrero, el propio Tanarro se presentó en los estrados de Quintana solicitando una acción declarativa de certeza, luego de que Latini lo denunciara públicamente a través del portal ‘Nuevo Día’, de haber cometido el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, al no haber dado cumplimiento a la Resolución 212/18 de la Legislatura donde solicitaban al Ejecutivo el depósito judicial de alguno de los aviones secuestrados en el marco de la investigación llevada adelante por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 10, contra los dueños de Indalo.
Dos días antes que eso, Latini se había presentado en la Fiscalía Federal de Caleta Olivia, con una denuncia penal contra el fiscal de Estado, argumentando, además, que el reclamo de los aviones era producto de una intensa movilización ciudadana de los vecinos de Zona Norte, iniciada en Puerto Deseado y Perito Moreno, en algunos casos con apoyo del Concejo Deliberante, no así el de la ciudad de El Gorosito.
La Resolución 212/18 de Diputados, hablaba de “solicitar” que el gobierno pidiera uno de los aviones secuestrados producto de la presunta corrupción para usarlo como avión sanitario, pero la misma misiva dejaba a criterio de la titular del Ejecutivo el procedimiento, modalidad, forma y tiempo de llevar adelante ese pedido.
Por eso, para la jueza Quintana, Tanarro nunca estuvo obligado a llevar adelante diligencia en ese sentido, porque “la resolución no impone el comienzo de la ejecución de trámite alguno”, y además, entendió que “tampoco emergen la comisión del tipo legal”, razón por la cual consideró, tal como lo había sugerido el Ministerio Publico, que correspondía el “desentendimiento de la presente denuncia por inexistencia del delito, debiendo ordenarse al archivo”.