Fue adelanto de La Opinión Zona Norte. Alberto Fernández firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 488/2020, en el que se fija el “precio sostén” para el crudo argentino a USD 45 el barril.

La medida, largamente esperada por las provincias productoras, trae alivio a sus arcas, pero no conforma a todo el sector, en particular a las operadoras y refinadoras no integradas, las que apuntan a la falta de demanda.

Las refinadoras independientes afirman que trabajarán “a pérdida”. Sostienen que con el impacto de la devaluación, el precio de los combustibles en surtidor, sin cambios desde finales del año pasado, equivaldría a un barril en USD 35, similar al precio del Brent en la actualidad. Enfatizan que eliminando todo margen de ganancia, llegarían a un barril a USD 40, no a los USD 45 que fija el DNU.
De todos modos, advierten que sus almacenes están llenos por la baja demanda y por lo tanto hoy tienen petróleo suficiente en su poder como para poder refinar por los siguientes tres meses, sin tener que comprar una sola gota más.
Si esto se concreta, pondrá a las operadoras no integradas y que no exportan en una encrucijada. Puesto que, en general, todas afirman que su capacidad de almacenamiento está al límite y se podría colmar en un mes más.

Producción y empleo

Cabe señalar que el DNU obliga a las empresas a mantener los planes de inversión y la producción a los niveles de diciembre del año pasado, cuando la realidad de la demanda era completamente distinta y el mundo no estaba atravesado aún por la pandemia.
Uno de los pocos cambios introducidos ratifica la conservación de los puestos de trabajo. “Las empresas productoras deberán aplicar idéntico criterio al sostenimiento de los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y deberán mantener la planta de trabajadores y trabajadoras que tenían al 31 de diciembre de 2019 , se indica en el punto 2 del decreto.
A esa modificación se le suman las limitaciones introducidas a las productoras para acceder al mercado de cambios. Señalan que no podrán operar en el mercado de contado con liquidación, ni para la formación de activos internos, ni adquirirán títulos en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior.

 

Santa Cruz podría recuperar entre $ 500 y$ 600 millones.

 

Regalías

“Nosotros no podemos perder más tiempo. El mes de abril lo perdimos (en términos de ingresos). Necesitamos una orientación, un rumbo, ya”, planteó Alicia Kirchner en una videoconferencia que, junto a sus pares de la Ofephi, mantuvo con el ministro Matías Kulfas, y el CEO de YPF, Sergio Affronti a principios de mayo.
El DNU es un aire de alivio para las provincias petroleras, luego del fuerte impacto en sus arcas. En principio para Santa Cruz implicará un recupero de casi 600 millones de pesos, comparado con lo recaudado este viernes 15, o de unos 300 millones, si se compara con la liquidación del mes anterior. Las empresas liquidan según facturación. Habría, así, previsbilidad en torno a la venta interna más no sobre la externa.
Un barril a USD 45 equivale para la provincia mantener los mismos ingresos, en promedio, que los obtenidos (medidos en pesos) durante 2019, siempre y cuando la producción también se mantenga.

 

Hasta octubre no habría cambios en el valor de los combustibles.

La alícuota por exportación va del 0 hasta el 8%, según el valor.

 

Combustibles

En el DNU se fija la postergación hasta el 31 de octubre de la actualización de impuestos sobre los combustibles, pero no se hace referencia al precio en surtidores.
La misma norma obliga a las refinadoras a comprar el petróleo al mercado local. Para ello, prohíbe la importación de crudo y combustible.
El Gobierno entiende que al estar congeladas las variables impositivas y el principal insumo, las refinadoras no deberían subir los precios en surtidor.

 

Revisión y retenciones

El artículo 1 del decreto fija el precio del barril hasta el 31 de diciembre de 2020. Y señala que las entregas de petróleo crudo que se efectúen en el mercado local deberán ser facturadas por las empresas productoras y pagadas por las empresas refinadoras, “tomando como referencia para el crudo tipo Medanito el precio de USD 45 por barril”, señala el decreto. De ahí para bajo se ajustará el valor, según calidad y puerto de carga.
También fija la suspensión del acuerdo, si el precio internacional, hoy en USD 35, supera el fijado internamente durante 10 días consecutivos. La Secretaría de Energía revisará trimestralmente el precio sostén y las condiciones del decreto.
Además del nuevo precio, el decreto fijó tres variables para establecer las retenciones en el sector: si la cotización del barril es igual o está por debajo de 45 dólares, la alícuota será de 0%; si es igual o superior a 60, será de 8%.
Si el valor está en el medio de esos dos valores, se establece un cálculo polinómico en base al cual se calcula la alícuota a pagar.

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