En febrero del año pasado, la ciudad de Río Gallegos se vistió de luto cuando se conoció que una mujer perdió la vida en un incidente de tránsito en cercanías al autódromo de la ciudad, cuando conducía su Chevrolet Prisma.

El caso tuvo como víctima fatal a Ángela Elizabeth Saavedra Barrientos, quien murió el 7 de febrero del año pasado, en confusas circunstancias que terminaron derivando en una denuncia por un “presunto homicidio e incumplimiento de los deberes de funcionario público” realizada por la familia de la mujer.

En la madrugada del 7 de febrero del año pasado, Ángela se subió al Prisma cuando se encontraba en estado de ebriedad para ir a comprar cigarrillos y, según había denunciado su familia, ella había sido víctima de una persecución por parte de la Policía.

En un momento dado, cerca del autódromo José Muñiz, su rodado fue impactado por un móvil policial, hecho que le hizo perder el control del auto haciéndolo chocar y volcar en la banquina de la ruta nacional N° 3.

Siempre en la versión de la familia, hubo irregularidades, tanto en la previa del vuelco por parte de la Policía, como las diligencias que se hicieron después del incidente de los policías de la Comisaría Tercera.

La versión de la Policía fue completamente diferente. Los tres efectivos que asistieron tras el vuelco, indicaron que momentos previos habían visto cómo el Prisma circulaba de manera zigzagueante y que, cuando el rodado salió de su jurisdicción, dieron aviso a sus pares de la Comisaría Séptima.

Lo cierto es que la causa avanzó y también tuvo como imputado “por negligencia” a un médico de la Guardia del Hospital Regional que intentó salvar la vida de la mujer en el nosocomio y certificó el deceso.

Recién este 15 de octubre la jueza Rosana Suárez, a cargo del Juzgado de Instrucción N° 3 y la investigación de la causa, juntó toda la prueba y dio a conocer la resolución a las partes involucradas.

La Opinión Austral tuvo acceso exclusivo al fallo de la Justicia en la que ordenó el sobreseimiento de los tres policías y del médico imputados. De igual manera, la querella adelantó que apelará la decisión de Suárez y que el expediente sea nuevamente revisado.

En su fundamento, la magistrada indicó que “el accionar policial, -siguiendo a la occisa- no tuvo virtualidad para interrumpir la relación de determinación existente entre el accionar imprudente de la conductora”, es decir, que el patrullero fuera detrás de la mujer no tiene relación directa con el incidente que terminó con la vida de Ángela.

Sobre el alcohol, la jueza indicó que Ángela superaba ampliamente el límite permitido para poder circular. Hecho que daría cuenta de la pérdida de los reflejos a la hora de manejar.

En el fallo, los peritos de Criminalística determinaron que ninguna de las pericias realizadas en el Prisma o en el móvil policial arrojaron rastros o evidencias que dieran cuenta de un eventual choque entre los mismos.

 

En las pericias, se determinó que no hubo contacto entre el Prisma y el móvil policial

 

Asimismo, en la diligencia cinemática, no se encontraron pruebas que demuestren una maniobra por parte de la conductora tras un posible contacto con el patrullero.

Sobre el médico, la jueza indicó que -gracias al certificado de la autopsia realizada en la Morgue Judicial- no surgieron indicios de una negligencia por parte del médico que intentó salvar la vida de la mujer en el centro asistencial y que terminó falleciendo por un shock hipovolémico.

 

La autopsia develó que Ángela superaba el límite de alcohol en sangre para poder manejar

Por último, Suárez explicó que se trató de un incidente por el factor humano debido a la negligencia de la víctima, por manejar bajo los efectos del alcohol, no utilizar el cinturón de seguridad obligatorio y por no estar habilitada, ya que no contaba con el carné de conducir.

 

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