SANTA CRUZ

Cámara de Diputados: avanza la redacción de un Código Procesal de violencia familiar

El Poder Ejecutivo promulgó parcialmente la ley sancionada en la última sesión ordinaria del año, que tiene como objetivo hacer efectivos los derechos y deberes establecidos en las leyes de fondo en la materia. Qué limitación se le puso a la comisión redactora.

Por La Opinión Austral


Así como en 2018 Mendoza avanzó en su propio Código Procesal de Familia y Violencia Familiar, Santa Cruz dio un primer paso en la última sesión ordinaria del año en Cámara de Diputados, al sancionar un proyecto de ley parecido al de la provincia cuyana.

El segundo paso se dio esta semana, cuando el Poder Ejecutivo Provincial promulgó parcialmente la ley aprobada en la Legislatura, ofreciendo un texto alternativo. ¿Qué propone la ley? En principio, crear una comisión para la elaboración y redacción del anteproyecto del Código Procesal de Familia y Violencia Familiar de la provincia de Santa Cruz.

¿Cuál es el objetivo de esta ley? Establecer una normativa procesal para hacer efectivos los derechos y deberes establecidos en las leyes de fondo, regulando los procesos de familia y de violencia familiar.

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El texto alternativo

El texto del proyecto aprobado en diputados posee tres artículos fundamentales. Dos de ellos fueron vetados parcialmente por el Ejecutivo, ofreciendo un texto alternativo.

En el Artículo 2 se sostiene que la comisión creada por el Artículo 1 de la presente tendrá a su cargo la confección y redacción del Código Procesal de Familia y Violencia Familiar de la provincia de Santa Cruz, a fin de producir un único cuerpo normativo que concentre toda la normativa ritual.

Mientras que en el Artículo 3 se informa que la comisión deberá elevar a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que establezca el nuevo Código Procesal de Familia y Violencia Familiar de Santa Cruz a debatir en un plazo no mayor a 180 días corridos a partir de la fecha de su constitución. Y que dicho plazo podrá ser ampliado a pedido de la comisión ante el cuerpo legislativo.

En el Artículo 4 aparecen los integrantes de la comisión, que serán un total de nueve miembros: dos miembros por el Poder Ejecutivoun miembro del Tribunal Superior de Justiciados representantes de los jueces de Primera Instancia de Familiaun representante del Ministerio Público Fiscal, y tres representantes de la Cámara de Diputados.

En cuanto a las modificaciones que hizo el Poder Ejecutivo, fueron en los artículos 2 y 3, toda vez que se aclaró que sólo es la Cámara de Diputados la que puede redactar las leyes, por lo que la comisión formada se deberá limitar a "elaborar un anteproyecto de código y luego, para su tratamiento en el recinto, el mismo deberá ingresarse conforme alguno de los mecanismos constitucionales previstos".

Estos cambios deberán ser puestos a consideración de los diputados que, en caso de que quieran mantener el proyecto original, deberán contar con una mayoría especial. Independientemente de esto, se dio el primer paso para la redacción de una importante herramienta para la Justicia en la lucha contra la violencia familiar.

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