Lo hicieron el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Medio Ambiente Sergio Bergman. El inventario se hizo en cumplimiento de la Ley de Glaciares 26.639, para detectar aquellos que actúan como reservas hídricas. Desde el Gobierno de Santa Cruz sostuvieron la postura de preservación, cuestionando una posible modificación de la norma.

Argentina tiene 16.968 glaciares. Así surge del Inventario Nacional de Glaciares, presentado por el Gobierno Nacional ayer, siendo éste el primer documento oficial en el que han quedado registradas las grandes formaciones de hielo de todo el territorio.

“Hoy tenemos la satisfacción de poder cumplir con lo que la ley establece y al mismo tiempo poder pasar a un estado del ambiente, (?) que nos ponga un nivel, un umbral con el que poder presentar este inventario”, afirmó a la prensa el ministro de Ambiente, Sergio Bergman.

El anuncio, que tuvo lugar en la Casa Rosada en presencia de políticos y científicos, se produjo tras cinco años de trabajo de 10 instituciones y de un trabajo de cerca de 15 personas coordinadas por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla que mapearon 560.000 kilómetros cuadrados.

Asimismo, revelaron que dichas formaciones de hielo ocupan 8.484 kilómetros cuadrados, lo que equivale a 41 veces el tamaño de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Inventario Nacional de Glaciares tiene como objetivo identificar y caracterizar glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas, con la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo.

Con este documento, la comunidad científica podrá saber dónde están, cuánto ocupan y qué les daña, como podría ser la actividad humana, el calentamiento climático o diferentes fenómenos naturales.

La realización de este inventario fue impulsada por la ley 26.639, aprobada en 2010 y conocida popularmente como ley de protección de glaciares, y es un paso más en el camino de Argentina para cumplir los objetivos de desarrollo sustentable de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas.

Fidel Roig, director del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla aseguró que esta ha sido una tarea “titánica” que ha tenido lugar en “escenarios complejísimos de altura”.

Tras esta publicación, se sabe que Argentina es “el segundo país de América Latina con más glaciares y que está entre los 15 con mayor superficie de hielo en el mundo”, aseguraron los organizadores.

Glaciares y minería

El informe sería remitido ahora a los gobiernos provinciales, que deberán ajustar el desarrollo de proyectos productivos, que pueden ser mineros en muchos casos, pero también hay hidroeléctricos, viales, entre otros, de modo que no afecten a las áreas identificadas como poseedoras de recursos hídricos estratégicos para la Nación; “ellos determinarán qué actividades se pueden hacer y cuáles no”, indicó Bergman. También se lo enviará al Congreso Nacional, que podrá hacer observaciones o nuevas interpretaciones.

Cabe recordar que la ley fue cuestionada por un sector minero que pide su modificación. El informe señala que entre los 16 mil glaciares identificados, 40 están dentro del área de explotación de los proyectos Veladero y Pascua Lama.

Los ambientalistas esperan que la Justicia aplique la ley postergada tal y como está hoy, mientras que desde la Secretaría de Minería, conducida por Daniel Melián, apoyarían modificar algunos artículos “referidos a lo que se denomina el ambiente periglaciar”, considerando que, sólo en los glaciares, denominados “de escombro” hay evidencia científica de concentraciones de hielo.

Esto fue cuestionado por los ambientalistas, que denuncian que existiría un borrador de reforma, en el que se centran en tres cuestiones específicas: límite de una hectárea, significación hídrica y la reducción del ambiente periglaciar sólo a los de escombros.

Meilán, sostuvo que trabajan en conjunto con las provincias, “que son las dueñas de los recursos, y con los legisladores, que son los que tienen que dar forma a las leyes”. “Priorizamos el diálogo a fin de alcanzar el consenso permanente; porque todo lo que estamos haciendo tiene que pasar por el Congreso. Si no nos ponemos de acuerdo con esto, no podemos hacer nada”, aseguró.

Santa Cruz

Sin embargo, fuentes de la cartera minera santacruceña consultadas por La Opinión Austral confirmaron que la Nación aún no ha mostrado el borrador del proyecto que modifica la ley y recordaron que la provincia posee legislación que protege los glaciares.

Se trata de la Ley de Área de Interés Especial Minero (Nº 3105 por la que se permite la realización de actividades mineras en las zonas comprendidas “dentro del siguiente polígono: partiendo desde la intersección entre la ruta nacional Nº 40 y la línea que limita la provincia de Santa Cruz con la provincia de Chubut, coincidente con el paralelo 46º Sur, desde aquí recorriendo hacia el Este por el límite interprovincial hasta la línea de la costa Marítima Austral, y desde aquí con rumbo Sur hasta la desembocadura del río Santa Cruz, desde aquí con rumbo Oeste recorriendo sobre su margen Norte hasta encontrar la ruta nacional Nº 40, y desde aquí con rumbo Norte recorriendo la ruta nacional Nº 40, ruta provincial Nº 29, continuación ruta nacional Nº 40 (histórica traza de la ruta nacional Nº 40 hasta el límite con la provincia de Chubut.

Allí se detalla que “quedan excluidos dentro del Área de Interés Especial Minero aquellas superficies geográficas que estén comprendidas: a) A menos de diez kilómetros (10 km) de los límites de los ejidos urbanos; b) A menos de cuatro mil metros (4.000 m) de la línea de costa de lagos, eje principal de los ríos Deseado, Pinturas, Chico, Chalía y Santa Cruz; c) En áreas con sus respectivos planes de manejo en sitios declarados patrimonio cultural y de áreas de preservación contemplados en las Leyes Provinciales 2472 y 786, con sus respectivas modificatorias; d) Superficies que se hallen bajo la línea del nivel del mar”, lo que por exclusión preserva a los glaciares que se hallan dentro del territorio santacruceño.

Además, la Ley de Glaciares actual determina como actividades prohibidas aquellas “que puedan afectar su condición natural, que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes: a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial; b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica y las prevenciones de riesgos; c) La exploración y explotación minera e hidrocarburífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial; d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales”.

Leé más notas de La Opinión Austral