El fallo de la justicia rosarina afirma que “no cabe duda alguna que la joven realizó aportes concretos y directos en las tareas de reparación, acondicionamiento y mejora del inmueble (y que) también colaboró a través de la prestación de aportes económicos indirectos a partir de las tareas que desarrollaba en el hogar y el trabajo en el negocio de su padre, independientemente que le fuera remunerado”.
La resolución indica que el demandado deberá pagarle el 25 por ciento del valor de mercado de una casa y de un auto adquiridos cuando estaban juntos, entre 2010 y 2017.
“El hogar organizado le permitía a este hombre trabajar con tranquilidad y aumentar su patrimonio. Llegaba a su casa después de una jornada de trabajo y encontraba la casa limpia y las compras hechas, todo lo que contribuía a su bienestar”, señaló la abogada patrocinante de la mujer, María Belén Marzetti.
“Las tareas vinculadas a los denominados ‘quehaceres del hogar’, tienen un valor económico, que debe ser reconocido de manera efectiva y palpable –coincidió el juez en su fallo– Corresponde reconocer jurídicamente el esfuerzo que la actora puso tanto en construir la casa que sería el hogar que integraba el proyecto de vida en común de la pareja, como los ingresos que dieron alivio al demandado para adquirir, por ejemplo, su rodado”.
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