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El próximo feriado por el Día del Empleado de Comercio tendrá lugar el lunes 30 de septiembre, según lo dispuesto por las autoridades laborales.

Esta modificación, que afecta únicamente  a los trabajadores bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75, busca garantizar un fin de semana largo para los empleados del sector.

¿Qué implica este cambio?

  • Feriado obligatorio: El lunes 30 de septiembre será un día no laborable para todos los empleados de comercio, según lo establecido en la Ley 26.541.
  • Cierre de comercios: La mayoría de los comercios deberán permanecer cerrados durante este día.
  • Pago doble: En caso de que un comercio decida abrir sus puertas, deberá abonar el doble de la remuneración habitual a los empleados que trabajen ese día.
  • Sin francos compensatorios: No se permitirá otorgar francos compensatorios por el trabajo realizado en el feriado.

¿Qué pasa en Río Gallegos y el resto de Santa Cruz?

Pese a esta resolución, el Sindicato de Empleados de Comercios de Santa Cruz, a cargo de Claudio Silva, confirmó que la fecha del Día del Empleado de Comercio no se traslada en la provincia y se mantiene para el día 26 de septiembre.

¿Qué dicen las autoridades?

El secretario general de la Asociación Gremial de Empleados de Comercio (AGEC), Pablo Chacón, ha confirmado esta modificación y ha remarcado la importancia de cumplir con la normativa laboral vigente.

Recomendaciones para los comerciantes

  • Informar a los empleados: Es fundamental comunicar a los empleados con anticipación sobre el cambio de fecha del feriado y las condiciones laborales correspondientes.
  • Organizar la producción: Los comercios que deban permanecer abiertos deberán organizar su producción y personal para garantizar la atención al público.
  • Verificar las condiciones contractuales: Es importante revisar los convenios colectivos y contratos de trabajo para asegurarse de cumplir con todas las obligaciones legales.

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