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El Gobierno nacional oficializó este martes la eliminación del régimen de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, pacientes trasplantados, personas en lista de espera para trasplantes y niños y adolescentes con cáncer. La medida quedó establecida mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, y marca un nuevo cambio en la política de desregulación impulsada por la administración nacional en materia de transporte.
Si bien la decisión no elimina el derecho de estos sectores a viajar gratuitamente, algo que el propio texto oficial se encargó de remarcar en varios pasajes de la resolución, sí pone fin al mecanismo mediante el cual el Estado compensaba parcialmente a las empresas por esos boletos emitidos sin cargo. Por lo que las miles de personas con discapacidad y pacientes con cáncer, están a la expectativa y con mucha incertidumbre de qué hará cada compañía de transporte, ahora que el gobierno de Javier Milei, decidió dejar de financiar sus pasajes.
La normativa dispone expresamente: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”.
El sistema eliminado había sido implementado en 2018 y alcanzaba a las empresas de transporte automotor de pasajeros de larga distancia bajo jurisdicción nacional. A través de ese esquema, el Estado cubría parte del costo de los pasajes gratuitos que debían otorgarse obligatoriamente a personas con discapacidad, trasplantados o en lista de espera del INCUCAI y menores con cáncer.
En los fundamentos de la resolución, el Gobierno sostuvo que el contexto económico y regulatorio que justificaba aquellas compensaciones cambió por completo tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que avanzó en una profunda desregulación del sistema de transporte interjurisdiccional.
Ese decreto habilitó a las empresas a definir libremente recorridos, horarios, tarifas y modalidades de prestación de servicios, eliminando gran parte de las regulaciones tarifarias históricas. Según la Secretaría de Transporte, el nuevo esquema de “libertad tarifaria” modifica las condiciones que anteriormente impedían a las empresas absorber esos costos.
“El nuevo marco normativo establece un régimen basado en la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia”, señala la resolución oficial.
Más adelante, el texto agrega que “la continuidad de las compensaciones previstas carece en la actualidad de sustento”, debido a que ahora las compañías cuentan con “capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”.
El Gobierno entiende que, al poder fijar libremente sus tarifas, las empresas ya no necesitan asistencia estatal para afrontar el costo de los pasajes gratuitos obligatorios.
No obstante, uno de los puntos centrales de la resolución es que el beneficio para los usuarios no desaparece. El artículo 2° deja expresamente aclarado que “la presente medida no afecta el derecho a la gratuidad previsto en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”.
Esas normas garantizan el acceso gratuito al transporte para personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera y niños y adolescentes con cáncer que deban trasladarse por razones de salud, tratamientos médicos o rehabilitación.
Además, la Secretaría de Transporte encomendó a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) continuar con los controles y procedimientos para garantizar que las empresas cumplan efectivamente con la emisión de los boletos gratuitos.
El cambio, sin embargo, abre interrogantes sobre cómo reaccionará el sector empresario frente a la quita de compensaciones estatales.
La resolución también incorpora una cláusula transitoria para proteger pagos y situaciones administrativas previas a la entrada en vigencia de la medida, buscando evitar conflictos legales o reclamos retroactivos.
Mientras tanto, organizaciones vinculadas a la discapacidad, pacientes oncológicos y personas trasplantadas siguen con atención la implementación de la nueva normativa. Aunque el derecho al pasaje gratuito permanece vigente en el papel, la gran incógnita pasa ahora por el funcionamiento real del sistema y la capacidad del Estado para controlar que las empresas continúen entregando los boletos sin restricciones ni trabas burocráticas.
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