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El Gobierno de Javier Milei reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad a través del Decreto 84/2026, publicado en el Boletín Oficial, tras un fallo judicial que ordenó su entrada en vigencia inmediata y la aplicación del nuevo régimen de pensiones.

La medida, firmada por el presidente de la Nación, Javier Milei, responde a la sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que en diciembre de 2025 declaró inválida la suspensión de la ley y le puso al Gobierno como fecha límite el 4 de febrero para que la normativa se implemente plenamente.

Antecedentes

El conflicto surgió cuando el Gobierno intentó impedir la aplicación de la ley, sancionada por el Congreso en septiembre de 2025, mediante un veto fundamentado en la falta de fondos para costear las nuevas prestaciones.

La Cámara de Diputados insistió en la promulgación. Aunque la ley fue promulgada formalmente, suspendieron su aplicación hasta que la Cámara Baja determinara la fuente de financiamiento.

La disputa judicial se activó tras el amparo colectivo. El juez de Campana falló a favor de los reclamantes y anuló la suspensión.

En su resolución, ordenó la inmediata aplicación de la Ley N.° 27.793. El Ministerio de Salud y otras áreas oficiales presentaron recursos en contra, alegando la imposibilidad de implementar la norma sin antes resolver el presupuesto. Aunque estos interrogantes aún no han sido resueltos, el juez fijo un plazo máximo de 30 días para que el Gobierno reglamente la ley.

Finalmente, la reglamentación llegó sobre la fecha límite del plazo, mediante la publicación del decreto 84/2026. Así, el Gobierno establece los criterios para el nuevo régimen de pensiones no contributivas por discapacidad, definiendo los requisitos de acceso, los procedimientos para evaluar las condiciones socioeconómicas y las incompatibilidades con otras prestaciones.

 

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