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680 artículos en 180 páginas integran la ley ómnibus que entregó en mano el ministro del Interior, Guillermo Francos, al presidente de la Cámara de Diputados, Adrián Menem. En ella existe un capítulo completo dedicado a los hidrocarburos y al sistema energético nacional.

El proyecto de ley “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” modifica profundamente el esquema energético nacional y de aprobarse, tendrá un alto impacto en la provincias petroleras, como lo son Chubut y Santa Cruz.

El “Capítulo IX-Energía” establece una serie de modificaciones, siendo las más intensas en la Ley N° 17.319, de Hidrocarburos, donde mayores cambios se buscan establecer. Pero también avanza en la de Biocombustibles y otras normativas.

Ya a partir del artículo 2 comienzan las variaciones en la redacción de la norma hoy vigente. En particular en el artículo 4 se establece que “el Poder Ejecutivo nacional podrá otorgar permisos de exploración y concesiones temporales de explotación, y autorizaciones de procesamiento y transporte de hidrocarburos, con los requisitos y en las condiciones que determina esta ley”.

Cabe recordar que la Constitución de 1994 reconoce a las provincias como las dueñas del recurso que se encuentra en el subsuelo. Razón por la cual la facultad para otorgar permisos de exploración y/o explotación, en realidad les pertenece a ellas y en el caso de la Nación, sólo está reservada a la exploración en el mar, dentro de la plataforma continental argentina (offshore).

Los cambios no culminan ahí, puesto que modifica la base de cálculo de las regalías hidrocarburíferas, al fijar que se pagarán sobre “el producido y efectivamente aprovechado” de los hidrocarburos.

Y si bien fija un porcentaje más alto, pasando del 12% actual al 15%, introduce un factor “X”, por el cual las empresas que se adjudiquen una concesión podrán subir o bajar un determinado porcentaje ese valor.

De igual forma, suprime la potestad de las provincias para incrementar hasta un máximo de 18% las regalías en caso de renovar concesiones.

De hecho, de ser aprobada la norma, se impone que cuando terminen las concesiones actuales ya otorgadas, las mismas deberán volver a ser licitadas bajo los nuevos parámetros. Más allá de lo que digan los contratos o que exista, como el caso de Santa Cruz, una ley específica (la 3.117) que regula estas prórrogas.

Liberación de precios

En la práctica, se establece una gran liberación del mercado de hidrocarburos, se elimina el concepto de prioridad del autoabastecimiento, agregando el concepto de “maximización de la renta”. Por esa razón plantea que el Poder Ejecutivo nacional no intervendrá en la fijación de precios, como sucede hoy con el llamado “barril criollo”.

Pero no sólo lo hace con el barril de crudo o el m3 de gas, sino también en “toda la cadena de comercialización”, lo que en la práctica impone que las refinadoras pagarán los hidrocarburos a valor de importación y/o exportación y, por ende, el valor de los combustibles en los surtidores quedará sujeto a la cotización internacional del petróleo.

Empresas estatales

Además de modificar la fijación de las regalías que hoy perciben las provincias por la producción de petróleo y gas en sus territorios, la norma legisla sobre las empresas estatales de hidrocarburos, como hoy tienen Neuquén, Formosa o Chubut o la propia Fomicruz en Santa Cruz.

Por un lado, establece la eliminación de la obligación de estas empresas estatales de invertir en proporción a su porcentaje de participación en asociación con operadoras. Pero por otro, prohíbe que las empresas estatales nacionales o provinciales “puedan reservar áreas o asociarse para la explotación” de las mismas.

En Santa Cruz, por ley, las áreas revertidas pasan a manos de Fomicruz, más allá de que el Estado provincial tiene la opción de volver a licitarlas. La ley ómnibus no permitiría que siguiera siendo así.

En paralelo, como ya se mencionó en la edición de aye , se establecen como “sujetas a expropiación” a YPF, a YCRT y a Enarsa (quien hoy tiene la jurisdicción sobre las represas del río Santa Cruz).

Subsidios

Al tiempo que se unifican los entes reguladores del gas y de la electricidad en uno solo, la ley avanza en la liberación del sector eléctrico, fijando la libre elección de proveedores de energía eléctrica a los usuarios finales por un lado, pero también autorizando la eliminación de los fondos fiduciarios energéticos existentes.

Eso en la práctica avanza sobre el financiamiento que hoy tiene el programa de garrafa social y también, y más preocupante para los santacruceños, el fin del financiamiento al subsidio por zona fría del que gozan la Patagonia y otras localidades del país, que hoy equivale al 50% del consumo energético en la boleta de gas.

EN ESTA NOTA Energía

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