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La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado un proyecto de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea.

Uno de los principales objetivos de la iniciativa es prevenir y combatir la adicción a juegos de azar virtuales en niños y adolescentes. Es que según el informe “Apostar no es un juego”, coordinado por la diputada nacional Constanza Alonso, el 40% de los jóvenes entre 15 y 29 años apostó en plataformas digitales.

Por este motivo, la norma que obtuvo media sanción prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas, de pronósticos y apuestas deportivas en línea.

El expediente fue aprobado por 139 votos afirmativos de los bloques Unión por la Patria, Democracia para Siempre, Encuentro Federal y el Frente de Izquierda, 36 negativos de La Libertad Avanza y 59 abstenciones provenientes de los bloques de la UCR, el PRO y el MID. Para que sea ley, la propuesta debe ser ratificada por el Senado.

Ludopatía y apuestas online: qué establece el proyecto aprobado en Diputados

  • Se prohíbe la promoción de juegos de azar y apuestas en todos los medios de comunicación actuales y futuros, como redes sociales, televisión, radio, cartelería, podcasts, festivales culturales, entre otros. También en la indumentaria deportiva. Además, se prohíbe la publicidad indirecta o encubierta a través de influencers, infomerciales o figuras públicas.
  • Solo estará permitida la publicidad dentro de salas de juegos y agencias autorizadas, con la condición de incluir la leyenda “El juego compulsivo es perjudicial para vos y tu familia”, junto con un canal de ayuda para personas afectadas.
  • Se prohíbe el acceso de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años a sitios y plataformas de juegos de azar y apuestas. Los operadores deberán implementar sistemas de verificación biométrica (reconocimiento facial) conectados al Registro Nacional de las Personas (Renaper) para validar la identidad y edad al registrarse y al iniciar sesión. También tendrán que implementar esta verificación las billeteras virtuales.
  • No se permitirán bonos de bienvenida ni el patrocinio de equipos deportivos, deportistas, estadios, o eventos culturales.
  • Solo se podrán usar tarjetas de débito y billeteras electrónicas con límites diarios. Además, no se permitirá el uso de tarjetas de crédito ni de cuentas vinculadas a ANSES para apuestas.
  • Se creará el Registro Nacional de Autoexclusión (Rena) para que las personas puedan autoexcluirse de juegos de azar y apuestas en línea. Los familiares cercanos podrán pedir la inclusión de una persona con ludopatía en el registro y el afectado será citado para decidir su inscripción.
  • Se establecerá pena de prisión de 3 a 10 años y multas por operar apuestas sin autorización, con sanciones más severas si involucra menores.
  • Se aplicarán sanciones económicas por incumplimientos de la ley. Los directivos de empresas infractoras serán responsables junto con la entidad.
  • Se realizarán campañas sobre juego responsable y prevención de ludopatía. Las escuelas deberán incluir actividades sobre los riesgos de las apuestas en línea, educación financiera y herramientas para detectar ludopatía.
  • Los operadores deberán brindar información clara sobre reglas, probabilidades y operaciones del juego; permitir acceso al historial y comportamiento del usuario; mostrar herramientas de asistencia para ludopatía y prevención, impedir el acceso a menores y personas registradas en el Rena e implementar límites automáticos para sesiones de juego.
  • No podrán obtener permiso de operadores quienes tengan deudas con el Estado o estén inscritos en el Registro de Deudores Alimentarios; hayan sido condenados por delitos relacionados con fraude, lavado de dinero, juego clandestino u otros en los últimos cinco años; estén vinculados a funcionarios de la autoridad reguladora o actividades deportivas; estén en concurso preventivo sin acuerdo homologado o judicialmente inhabilitados; o sean representantes de personas jurídicas involucradas en irregularidades legales.
  • No podrán formar parte de listas electorales en asociaciones civiles deportivas quienes tengan vínculos directos o indirectos con empresas de apuestas en línea.
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