Los últimos datos difundidos por el Gobierno indican que “13.794.591 personas se beneficiaron con el Compre sin IVA por un total de $21.300 millones de pesos”.

Se estima que a la brevedad el programa alcance a 20.000.000 de personas, entre jubilados, pensionados, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por Embarazo (AUE), monotributistas, trabajadores en relación de dependencia con sueldos de hasta seis salarios mínimos, además de titulares de la Tarjeta Alimentar y de Potenciar Trabajo.

Desde la publicación de la Resolución General 5418/23 en el Boletín Oficial, el universo de beneficiarios ha sido actualizado diariamente en las bases de datos del organismo, permitiendo que cada vez más ciudadanas y ciudadanos logren acceder a la devolución del IVA en sus compras realizadas con tarjetas de débito.

Compre sin IVA: cómo acceder

El programa Compre sin IVA establece la devolución de la totalidad del IVA de los productos de la canasta básica, afectados en su mayoría por una alícuota del 21%, y tiene un tope de reintegro mensual de $ 18.800.

  • El tope de ingresos para acceder al beneficio en el caso de los trabajadores es de $ 708.000 y de $ 524.758,56 para los jubilados.
  • También pueden acceder a la devolución del IVA el personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.
  • Quedan exceptuados los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, siempre y cuando no paguen el tributo sólo por la tenencia de un inmueble para vivienda única, y los trabajadores autónomos.
  • Para acceder al beneficio se debe abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.
  • Luego de la transacción, el monto se reintegra a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17.
  • Se puede acceder al beneficio hasta el próximo 31 de diciembre en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

 

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