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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ordenó este jueves la prohibición de la venta en todo el país y en plataformas digitales de una marca de aceite de oliva que no contaba con los registros oficiales correspondientes.
La Disposición 3149/2025, publicada en el Boletín Oficial, prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional “del producto: ‘Olive Oil Extra Virgen, marca Quinta´ estación, RNE N° 13261475, RNPA N° 13619456, Origen de Mendoza”.


La medida abarca todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento, debido a la ausencia de registros tanto del establecimiento como del producto. Además, se detectó que el envase presentaba un etiquetado falso, al utilizar números de RNE y RNPA inexistentes, lo que convierte al artículo en ilegal.
Finalmente, “a fin de proteger la salud de los ciudadanos” frente al consumo de productos ilegales, cuya trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad “no pueden garantizarse”, se dispuso la restricción inmediata de su comercialización.
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