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La suspensión de la moratoria previsional implementada por el Gobierno modificó las condiciones para acceder a la pensión por viudez. Desde este mes, solo podrán recibirla quienes estén dentro del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y hayan cumplido con los 30 años de aportes.

Hasta ahora, la moratoria permitía que quienes no reunían los aportes necesarios pudieran regularizar su situación y acceder a una jubilación que, en caso de fallecimiento, otorgaba derecho a pensión para el cónyuge o conviviente. Con el nuevo esquema, quienes lleguen a la edad jubilatoria sin aportes suficientes solo podrán solicitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), equivalente al 80% del haber mínimo y sin derecho a pensión por fallecimiento.

Esto implica que las parejas de beneficiarios de la PUAM, aun cuando estos estuvieran cobrando la prestación, no podrán heredarla.

Quiénes sí podrán cobrar la pensión por viudez

La pensión se mantiene para jubilados del SIPA que acrediten el vínculo: en el caso de cónyuges, con partida de casamiento actualizada y emitida después del fallecimiento; y en el caso de convivientes, con un mínimo de cinco años de convivencia comprobada (dos años si hubo hijos en común).

Los hijos menores de 18 años, solteros y sin otra prestación, también pueden acceder; sin límite de edad si presentan una discapacidad.

Requisitos de la PUAM

Para acceder a la PUAM, el solicitante debe tener 65 años o más, no cobrar ninguna jubilación, pensión o seguro de desempleo y cumplir con los años de residencia exigidos: 10 años si es argentino y 20 si es extranjero, siempre con residencia permanente en el país.

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