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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó este martes el pago de un nuevo bono extraordinario de $70.000 para jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo. La medida fue oficializada a través del Decreto 444/2025, publicado en el Boletín Oficial, y regirá durante el mes de julio.

Con este refuerzo, las jubilaciones mínimas alcanzarán los $379.298, considerando que el haber base para este mes fue fijado en $309.298,16, tras un aumento del 1,5% correspondiente a la inflación de mayo.

El bono también alcanzará, de manera proporcional, a quienes cobren entre $309.298,16 y $379.298, cubriendo la diferencia hasta alcanzar ese tope. Por ejemplo, si un jubilado percibe $350.000, recibirá un bono de $29.298. Así, las jubilaciones más bajas pasarán de $374.723 a $379.298 gracias al refuerzo previsional.

En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo cuestiona la fórmula de movilidad jubilatoria establecida por la Ley N.º 27.609, vigente desde marzo de 2021, argumentando que no logró proteger los ingresos frente a la inflación. Según el texto, esa norma provocó un “desfasaje” entre los aumentos otorgados y la evolución real de las variables económicas.

Ante esa situación, el gobierno nacional viene otorgando bonos compensatorios desde enero de 2024, que inicialmente fueron de $55.000 y luego se elevaron a $70.000 a partir de marzo del mismo año.

El decreto señala que estas ayudas son necesarias para sostener los ingresos de los adultos mayores más vulnerables, especialmente aquellos que dependen exclusivamente de la jubilación mínima.

Quiénes podrán cobrar el bono ANSES de $70.000

El bono extraordinario de julio alcanzará a los siguientes grupos:

  • Jubilados y pensionados del régimen general de ANSES, incluyendo a quienes se jubilaron bajo la Ley N.º 24.241 y regímenes anteriores transferidos a la Nación.
  • Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
  • Beneficiarios de pensiones no contributivas, por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y pensiones graciables.
  • Además, en caso de pensiones compartidas entre copartícipes, el bono se abonará como si se tratara de un único titular.

El bono tiene carácter no remunerativo, por lo que no será sujeto a descuentos ni se computará para otros beneficios. Para acceder al refuerzo, los beneficiarios deben tener sus prestaciones vigentes durante el mes de julio, en el momento en que se realice la liquidación.

EN ESTA NOTA anses Bono extraordinario

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