Después de más de dos años de pandemia por el coronavirus, el Gobierno de Chile anunció este jueves la apertura de “la totalidad de los pasos fronterizos” a partir del 1 de mayo próximo.
A través del Comunicado de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, el Ministerio de Salud de la República de Chile anunció la flexibilización de requisitos para la apertura de fronteras. A partir de esto, destacaron las medidas que cada uno de los coordinadores del paso fronterizo deberán aplicar.
Que se necesita para viajar a Chile
Más allá de las medidas operativas que los coordinadores de cada paso fronterizo acuerden aplicar, el tránsito de personas sin restricciones adicionales a:
- Declaración obligatoria de viajeros (solicitud Covid-19 autoreporte)
- Exigencia de vacunación al ingreso: Homologación voluntaria de vacuna para acceder a pase de movilidad
- Eventualmente ser seleccionado aleatoriamente, para una prueba de diagnóstico al ingreso (PCR o antígeno)
Además, es necesario contar con el formulario SAG, la Declaración de Aduana del vehículo y Declaración Jurada de egreso e ingreso del país que solicita Migraciones.
Qué se necesita hoy para ingresar a la Argentina
- Los argentinos, argentinas o residentes deberán completar, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación.
- Las personas extranjeras no residentes deberán completar también, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación y deberán tener un seguro de salud Covid-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios.
- Quedarán exceptuados de esta medida aquellos extranjeros de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan emigrado con motivo del conflicto bélico.
- Aquellas personas, sean residentes o extranjeros, que ingresen al territorio nacional por vía terrestre y por un plazo menor a 24 horas quedarán eximidas de lo solicitado anteriormente.
- Se recomienda a aquellas personas que no se encuentren vacunadas, o tengan su esquema de vacunación incompleto, la realización de una prueba diagnóstica de Covid-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país.
- Los operadores de transporte, transportistas y tripulantes deberán también completar la declaración jurada electrónica (DDJJ) dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. En el caso que sean extranjeros no residentes, deberán contar además con un seguro de salud Covid-19.
- Aquellos tripulantes no vacunados o con esquema de vacunación incompleto deberán acreditar su estado de salud con una prueba de antígenos realizada al menos 48 horas o PCR negativa realizada al menos 72 horas previas al abordaje.
- Se admite la “Libre Plática” de los buques internacionales emitida de modo remoto y se seguirá actuando conforme a lo establecido ante un brote de Covid-19 a bordo de un crucero internacional
- Se autoriza la salida del país de restos humanos de personas fallecidas a causa de la Covid-19 siempre que cumplan con las condiciones correspondientes para el trámite.
- Ya no será necesaria la habilitación de los puntos de ingreso al territorio nacional en carácter de “corredor seguro”, como tampoco deberá mediar intervención de la autoridad sanitaria para posteriores habilitaciones.
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