La presidenta de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA), Isabel Reinoso, dijo que el primer laboratorio que estaría en condiciones de entregar autotest de coronavirus a las farmacias para su comercialización lo haría “la semana que viene”.

Precisó que las fechas estimadas para el inicio de su comercialización se ubican “entre el 25 y 30 de enero” y aclaró que “después algún otro laboratorio los primeros días de febrero” los entregará para su comercialización.

Autotest de Covid-19: confirmaron que tendrá un mismo precio en todo el país

La titular de COFA confirmó que el primer autotest que está a la venta “tiene un costo $1.560 para el público y será el mismo precio en todas las farmacias que se adhieran, independientemente de la logística que haya que hacer para la entrega: Ushuaia, La Quiaca, Córdoba, La Rioja, Salta o Jujuy, todos van a tener el mismo precio que Buenos Aires”.

¿Es oficial?

Al ser consultada sobre si este examen tendrá validez oficial en caso de requerir acreditar un negativo de coronavirus para un viaje, la farmacéutica dijo que aunque va a tener el registro en el Sistema Nacional de Vigilancia “no va a ser apto para viajar por ahora porque se está pidiendo PCR”.

No obstante, Reinoso aclaró que ello “no significa que a medida que vaya pasando el tiempo, no puedan tomarlo (oficialmente) porque va estar registrado ese DNI en el sistema”.

 

Autotest de Covid-19: cómo será el trámite para informar el resultado

Reporte de uso

  • Los resultados del test deben ser reportados de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 horas de realizado el mismo, y dentro de los 7 días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados, ya sea por el usuario individual o por un responsable de reporte en caso de gran volumen de test.
  • En el caso de que el producto sea adquirido por un usuario en una farmacia adherida, el reporte de uso siempre se hace a la farmacia en la que se adquirió el producto para lo cual el usuario dispondrá de los siguientes canales alternativos: directamente en el punto de venta (farmacia) de forma presencial o telefónica, una página web y otros que puedan desarrollarse.
  • En caso de que el producto sea adquirido y/o utilizado por institución pública o privada, deberán designar una referente de la salud responsable del reporte de uso, e informar el destino y los resultados al lugar de adquisición o en su defecto a las autoridades sanitarias de su jurisdicción.

Notificación de resultados:

  • Las farmacias notificarán los resultados de los test dispensados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a través de los usuarios habilitados, para lo cual se otorgarán los accesos al SISA pertinentes.
  • Las instituciones públicas o privadas que adquieran o utilicen el test de autoevaluación para la detección de SARS-CoV-2 (COVID-19) notificarán los resultados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud a través de los usuarios habilitados, o en su defecto cuando el reporte de uso fuera realizado ante las autoridades sanitarias de su jurisdicción, éstas deberán notificar los resultados al SNVS.

Datos:

  • Los datos a recabar para el adecuado reporte serán los siguientes: Nombre, apellido, sexo legal, fecha de nacimiento, tipo de documento, número de documento, domicilio completo, teléfono de contacto, resultado del test: positivo / negativo.
  • Adicionalmente deberán enviarse los parámetros de configuración que aportará la Dirección de Epidemiología.

Dónde se reportarán

  • Estos datos se alojarán en la base informática farmacéutica y serán informados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) por las agrupaciones farmacéuticas habilitadas, en el caso de reporte de test de usuarios particulares o por instituciones públicas o privadas.
  • Si el farmacéutico no recibe el reporte del usuario una vez abierto el empaque dentro de las 24 horas de realizado el mismo, y dentro de los 7 días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados, debe informar de esa situación a la autoridad sanitaria jurisdiccional. Dicha autoridad, en el marco de sus competencias podrá inhabilitar el punto de venta para la dispensa de test de autoevaluación COVID-19 si se advierte que la carga en el SNVS no se ha efectivizado.
  • Los usuarios serán responsables de reportar los resultados a la farmacia que realizó la dispensa a través de alguno de los canales habilitados para ello.
  • Los farmacéuticos serán responsables del registro de los test dispensados, sus resultados y la identificación de usuarios en el sistema de información de las farmacias.
  • Las agrupaciones farmacéuticas serán responsables de la notificación al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud.
  • Las jurisdicciones que adhieran serán responsables de la notificación de los casos de forma directa al SNVS a través de los usuarios habilitados.
  • En tanto, los casos positivos serán integrados a la notificación de casos de COVID-19 en el SNVS y se clasificarán como casos probables, los negativos serán clasificados como “negativo, sin clasificar”.
  • Los casos de test inválido deberán repetirse para definir el resultado. Un caso clasificado como “probable” deberá cumplimentar con las recomendaciones emitidas por la autoridad sanitaria de la jurisdicción vigentes al momento de realizar el test.

Leé más notas de La Opinión Austral