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La Corte Suprema determinó este jueves que la causa iniciada por Alberto Fernández contra su expareja Fabiola Yañez, a quien acusa por el delito de “violación de secreto” por divulgar filmaciones privadas que lo involucraban en situaciones sociales, seguirá tramitándose en la Justicia ordinaria.
En su denuncia, planteó que la exprimera dama accedió al contenido de un celular que él le había dado a su hijo Francisco de dos años para que mirara videos y escuchara música, y que de allí ella accedió a contenido que luego filtró, como las dos filmaciones con la periodista Tamara Pettinato.
Esas imágenes tomaron estado público en paralelo a la denuncia que Yañez presentó contra su ex por violencia de género. En esas filmaciones grabadas por Fernández cuando era presidente, se la ve a Pettinato tomando cerveza y dialogando risueña y campechanamente con él en situación de coqueteo.
Este material suscitó un fuerte revuelo y críticas al exmandatario por permitirse ese tipo de encuentros en medio de sus altas responsabilidades como jefe de Estado. La presentación de Fernández fue radicada en la Justicia federal y, por sorteo, recayó en el juzgado federal 9, que estaba en ese entonces a cargo de María Eugenia Capuchetti.
La jueza rechazó un pedido del expresidente para que se le ordenara a los medios de comunicación que “se abstengan de reproducir, mencionar y/o cualquier otra conducta que implique la invasión a mi privacidad e involucre a mujeres”. Más tarde, se declaró incompetente y remitió el caso al fuero en lo criminal y correccional.
El sorteo determinó que el expediente recayera en el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 4. La Procuración General dictaminó que correspondía la intervención de la justicia nacional ordinaria, es decir, el TOC 4, y no en la Justicia Federal.
Finalmente, la Corte Suprema coincidió en el planteo y falló en consecuencia, con los votos de su presidente, Horacio Rosatti, y los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
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