A 32 AÑOS DEL ATENTADO

Causa AMIA: la Justicia sumó un nuevo acusado para que sea juzgado en ausencia por el atentado

El juez federal Daniel Rafecas incorporó a Alí Asghar Hejazi, ex funcionario iraní señalado como uno de los responsables de la planificación del atentado, entre los acusados que podrían ser juzgados en ausencia. Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal deberá definir si habilita este mecanismo, que sería aplicado por primera vez en la historia argentina.

Por La Opinión Austral

16 de septiembre 2026   ·   18:09 hs.
Causa AMIA: la Justicia sumó un nuevo acusado para que sea juzgado en ausencia por el atentado
La comunidad judía recuerda a las víctimas del atentado contra la AMIA. FOTO Agencia NA: JUAN VARGAS

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El juez federal Daniel Rafecas decidió incluir a Alí Asghar Hejazi, quien fue mano derecha del ex líder de Irán Alí Jamenei, entre los acusados por el atentado terrorista a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA).

El fallo establece que el ex funcionario iraní pueda ser enjuiciado debido a su “actitud obstructiva” y “la ausencia de cooperación efectiva”.

Según la investigación del fiscal Sebastián Basso de la UFI-AMIA, Hejazi habría estado implicado en el atentado ocurrido el 18 de julio de 1994 a la mutual judía, que dejó un total de 85 muertos.

Sostuvo que la planificación, decisión y ejecución del atentado estuvo a cargo de los integrantes del régimen iraní estrechamente ligados al fallecido líder supremo iraní, y que dicha decisión se habría tomado en un comité especial liderado por Jamenei cuya dirección se encontraba a cargo de su mano derecha.

Basso apuntó que Hejazi había realizado un viaje a la Ciudad de Buenos Aires en 1993, luego del atentado a la Embajada de Israel, para “asegurarse la viabilidad de la operación proyectada y la fiabilidad de los agentes que habrían de intervenir en ella”, y que un comité liderado por él “habría asumido los preparativos del atentado” y determinar “la fecha adecuada para su realización”.

En ese sentido, Rafecas remarcó que las conductas adoptadas por el acusado pueden ser consideradas “como constitutivas de los crímenes de Genocidio y Lesa Humanidad”.

Por otro lado, declaró a Hezaji “en rebeldía” ya que “no existe forma alguna que no haya tomado conocimiento de las imputaciones que pesan en su contra y de la existencia del proceso penal que los tiene como protagonistas”. “El imputado adoptó una conducta orientada deliberadamente a sustraerse de la acción de la justicia argentina, eludiendo comparecer en el proceso pese a su efectivo y demostrado conocimiento”, agregó.

Ahora, queda esperar que la Cámara Federal de Casación Penal de Comodoro Py resuelva si se habilitará el juicio en ausencia contra los ciudadanos iraníes y libaneses acusados por el atentado. De permitirse este mecanismo, será el primero en la historia argentina

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