El Banco Central facilitó la inversión financiera en dólares al dejar sin efecto una regulación trababa esta posibilidad, sumando así un  nuevo capítulo al proceso de desmantelamiento paulatino del cepo con la mira puesta en la competencia de monedas.

La autoridad monetaria dispuso que las personas ya no deberán girar los dólares obtenidos por rentas o amortizaciones a sus cuentas bancarias para luego reinvertirlos sino que podrán hacerlo directamente en los 15 días hábiles posteriores.

La medida se adoptó a partir de la Comunicación “A” 8042 y entrará en vigencia desde el 1° de julio.

Cabe aclarar que la norma no incluye a los dividendos obtenidos por esa inversión.

Operadores del mercado consideraron insuficiente la medida para lograr una mejora en el funcionamiento del mercado y exigen que se derogue la Comunicación 7340 que mantiene restricciones mucho más severas a este tipo de operaciones.

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