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El Gobierno fijó este viernes por decreto un nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil luego de no haberse alcanzado a un acuerdo entre representantes del sector gremial y el empresarial. De este modo, se estableció una serie de aumentos progresivos que entrarán en vigor entre abril y agosto, cuando se ubicará en $322.000.

Según consignó el diario Crónica, la medida, que fue confirmada esta madrugada mediante la publicación de la Resolución 5/2025 en el Boletín Oficial, determina el monto de base de ingresos para millones de empleados mensualizados y jornalizados en el país. Asimismo, se estableció un parámetro clave para el valor de otras prestaciones sociales.

La decisión fue tomada luego que el Consejo nacional del Empleo, la Productividad Y el Salario Mínimo, Vital Y Móvil se reuniera a fines de abril con los integrantes de las partes involucradas en el mundo del trabajo y el Estado. “Luego de un extenso intercambio de opiniones, durante el cual cada sector realizó sus exposiciones y deliberaciones, no hubo consenso”, explicó el Ejecutivo.

Ante esta situación, el Gobierno determinó el incremento en el salario mínimo, el cual a partir del 1 de abril de 2025 pasará a ubicarse en el orden de los $302.600. En esa línea, se estableció que desde el 1° de mayo de 2025 el SMVM será de $308.200, mientras que en junio subirá a $313.400. En tanto, a partir de julio se ubicará en $317.800, mientras que desde el 1 de agosto de 2025 será de $322.000.

A través de la normativa, también se determinó que los trabajadores jornalizados percibirán una tarifa de $ 1.513 por hora desde abril. En tanto, la tarifa por hora desde mayo será de $1.541. Asimismo, desde junio será $1.567 por hora y $1.589 por hora, En tanto que para agosto se ubicará en $1.610 por hora.

Por su parte, estos montos establecidos por el Ejecutivo se ubican a la mitad del valor que fueron solicitado por las centrales obreras para abril, que era de $644.165, y mayo, que era $657.703, con un incremento en torno al 120%. En contrapartida al monto solicitado por el sector gremial, desde el empresariado ofrecieron $301.500 para abril, $306.500 para mayo y $311.500 para junio, un 1,3% de incremento.

Además, en la disposición se determinaron modificaciones en la prestación por desempleo, que benefician a aquellos trabajadores que se encuentren en una situación de cesantía. Según el artículo 2 de la normativa, la prestación por desempleo será equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual de los últimos seis meses anteriores al cese laboral, aunque en ningún caso podrá ser inferior al 50% del salario mínimo ni superior al 100% de este.

La última actualización del SMVM también fue fijada por el Gobierno. La misma se remonta a diciembre de 2024, cuando nuevamente no se alcanzó un acuerdo entre el sector empresarial y las organizaciones sindicales, por lo que el Ejecutivo decidió fijar los nuevos montos por decreto.

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