El Gobierno anunció que ya no será necesaria la “cédula azul“, que utilizan los conductores que no son propietarios del vehículo que manejan, por lo que cualquier persona podrá circular dentro del país con la sola exhibición -física o digital- de la cédula verde del titular del automóvil.

Además, otro de los puntos claves anticipados es el de la eliminación del vencimiento de la cédula verde -hasta ahora era de un año- y que quedará como único documento indispensable para poder circular de manera legal con el vehículo.

Cuál es la documentación obligatoria para circular

Según informó la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los cambios anticipados “entrarán en vigencia cuando se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas”.

Por el momento, se podrá seguir presentando la cédula azul como parte de la documentación necesaria para transitar en el vehículo, entre otros papeles indispensables para poder circular.

Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la documentación obligatoria para circular en moto o en auto es la siguiente:

  • DNI.
  • Licencia Nacional de Conducir.
  • Cédula verde o cédula azul.
  • Comprobante de seguro en vigencia.
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (sólo en algunas jurisdicciones).
  • Constancia RTO (Revisión Técnica Obligatoria) o VTV (Verificación Técnica Vehicular).
  • Patentes legibles, normalizadas y sin aditamentos.

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