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Por Mariano Cuparo Ortiz
El BCRA sorprendió, ya sobre el cierre del martes, con una importante flexibilización del cepo cambiario. En primer lugar, acortó de 120 a 60 días, el acceso a divisas para los importadores, que ya no accederán en cuatro cuotas, cada una por el 25% de lo comprado en el exterior, sino en dos cuotas, cada una por el 50%. En segundo lugar, removió las restricciones para el acceso a dólares financieros a las personas que habían recibido ayuda estatal durante la pandemia o que tienen subsidio en los servicios públicos.
Eso no fue todo. Además, el Central acortó de 120 días a 90 días el plazo para acceder a las divisas necesarias para importaciones declaradas en Aduana de bienes suntuarios y automóviles. Las importaciones de energía seguirán teniendo acceso inmediato, tal como hasta ahora, y las de salud, fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local, productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por mipymes seguirán accediendo a los 30 días.
Y también aumentó el monto exceptuado de liquidación obligatoria de las exportaciones de servicios de personas humanas. “La adecuación permite ahora cobrar hasta USD24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el mercado de cambios. La norma anteriormente permitía sólo USD12.000”, remarcó el comunicado oficial.
De esa forma, el BCRA comunicó tres medidas de relevancia acerca del cepo cambiario, aunque la restricción para acceder al dólar financiero si se cobraban subsidios o se habían recibido ayudas en pandemia no venía operando en la realidad. Lo que se esperaba para la conferencia de prensa de aquel viernes 28 de junio, que brindaron el ministro de Economía, Luis Caputo, y el presidente del Central, Santiago Bausili, llegó un mes más tarde a través de un comunicado oficial que se distribuyó por correos electrónicos y redes sociales.
El comunicado afirmó: “Los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero. El Directorio decidió hoy que, a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MLC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero. El resto de los productos se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones”.
Además remarcó: “En el marco de normalización de la política cambiaria, el Directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. La adecuación permite ahora cobrar hasta USD 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo USD 12.000”.
Y cerró: “La tercera medida que adoptó el Directorio es remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos. Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”.
El director socio de Consultora Ledesma, Gabriel Caamaño Gómez, afirmó: “Esto si que puede desinflar el blue. La brecha es hija del cepo, siempre se desarma con menos cepo. Muy a pesar de varios”.
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