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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) definió el procedimiento de adhesión al nuevo régimen simplificado del impuesto a las ganancias respecto del período fiscal 2025. De este modo, se establecieron las formalidades, plazos, requisitos y condiciones que deberán tener en cuenta los contribuyentes y responsables del impuesto a partir del 1 de junio.
La disposición fue confirmada mediante la Resolución General 5704/2025, que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. “Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que sean contribuyentes o responsables del Impuesto a las Ganancias, podrán optar por la modalidad simplificada prevista en el artículo 3° del Decreto N° 353 del 22 de mayo de 2025 mediante el procedimiento de adhesión que se establece por la presente”, destaca el artículo 1 del documento.
La normativa, que lleva la firma de Juan Alberto Pazo, director ejecutivo de ARCA, dispuso que las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, que sean contribuyentes o responsables del Impuesto a las Ganancias, podrán optar por la modalidad simplificada.
“Encomiéndese a ARCA que implemente en diferentes etapas y de manera gradual, para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, inclusive, una modalidad simplificada y opcional de declaración del Impuesto a las Ganancias de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes”, indica la medida.
En tanto, los contribuyentes que opten y presenten la declaración jurada por la modalidad simplificada quedarán exceptuados de cumplir con la obligación de informar su patrimonio. “Permitirá reducir la carga administrativa sin afectar el control fiscal”, especificaron en la normativa.
Por su parte, definieron que el organismo estará a cargo de verificar que los contribuyentes cuenten con Clave Fiscal, con Nivel de Seguridad 3 y no posean la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo limitado, por tratarse de sujetos incluidos en el artículo 9° de la Resolución General 3.832.
Además, indicaron que no deberán estar comprendidos en los segmentos 11 o 12, conforme a la clasificación que efectúa este Organismo en función de la significación fiscal a nivel país y/o regional. “Los contribuyentes y responsables que hubieran ejercido la opción para el ejercicio fiscal 2025 podrán desistir de dicha solicitud en cualquier momento, antes de la presentación de la declaración jurada”, señalaron.
Luego de cumplir la totalidad de las condiciones y requisitos detallados anteriormente, los solicitantes serán caracterizados por ARCA en el “Sistema Registral” con el código “618-Ganancias PH Simplificada”. Para corroborar esto se podrá consultar accediendo al servicio con Clave Fiscal denominado “Sistema Registral”, opción “Consulta/Datos registrales/Caracterizaciones”.
Por último, desde la administración de Javier Milei se había establecido hace unos días atrás la opcionalidad del sistema y aclararon que la adhesión “únicamente estará disponible para los contribuyentes que obtengan rentas de fuente argentina en forma exclusiva”.
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