Your browser doesn’t support HTML5 audio

El Gobierno habilitó a las Fuerzas Armadas a colaborar en algunas cuestiones relacionadas con la seguridad interior como amenazas terroristas y en el control de las fronteras.
Este viernes, el Gobierno nacional habilitó a las Fuerzas Armadas (FFAA) a colaborar en cuestiones de seguridad interior. En ese sentido, con esta disposición, la FFAA podrá actuar ante amenazas provenientes del terrorismo y también a colaborar con el control fronterizo.

Según consignó el diario Crónica, la normativa fue anunciada esta madrugada a través de la publicación del Decreto 1112/2024, que derogó Decreto 727/2006, que les prohibía a las fuerzas de Defensa brindar apoyo o colaboración estas cuestiones de seguridad en el territorio nacional.

“Las Fuerzas Armadas son el componente esencial del Sistema de Defensa nacional, su accionar, en forma disuasiva ante amenazas, o efectiva contra agresiones, será dispuesto en función del origen externo de dichas amenazas o agresiones, con independencia del lugar de ocurrencia”, indica el documento.

En esa línea, la disposición señala en el primer artículo que “Se considerarán amenazas todas las acciones o los mensajes explícitos que llevan a cabo eventuales oponentes que, teniendo la capacidad, muestran la intención o dan indicios de la probable concreción de perjuicios en contra de los intereses vitales de la Nación, en los términos establecidos en el artículo 2° de la Ley de Defensa Nacional N° 23.554 y su modificatoria”.

En tanto, en la medida se establece que “se considerarán agresiones la ejecución y consumación de un conflicto armado o guerra, que provengan de Fuerzas Armadas u organismos paraestatales extranjeros, de organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales, o cualquier forma de agresión externa que sea incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, que afecten los intereses vitales de la Nación”.

En el DNU, se destaca que la participación de la FF.AA en seguridad interior queda a cargo de los ministerios de Defensa y Seguridad. “Las operaciones que requieran la cooperación y complementación de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad serán coordinadas por los ministerios de Defensa y Seguridad”, señala la disposición.

Además, la normativa indica que el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas dispondrá en forma permanente, a través del Comando de Operaciones Conjuntas, de comandos conjuntos que se ajusten a las necesidades de la defensa nacional en sus diferentes ámbitos. Así, menciona el control aeroespacial, del espacio marítimo y fluvial, antártico, de la zona interior, entre otros.

En la normativa, que lleva la firma de Javier Milei, Luis Petri y Patricia Bullrich, especifica que este Sistema de Defensa Nacional contará con una estructura que tendrá un Consejo de Defensa Nacional y su respectiva Secretaría, que coordinará los trabajos interagenciales necesarios, mientras que la conducción de las operaciones militares en tiempo de paz serán gestionadas mediante el Comando de Operaciones Conjuntas.

Por último, en lo que respecta al control fronterizo, la disposición señala que las Fuerzas Armadas “en tiempos de paz, podrán complementar el accionar de las Fuerzas de Seguridad en las zonas de seguridad de fronteras, definidas en el Decreto N° 253/18. En esos despliegues podrán llevar a cabo actividades de adiestramiento operacional, brindar apoyo logístico al sistema de seguridad interior, realizar acciones de apoyo a la comunidad y prestar asistencia ante catástrofes naturales o emergencias“.

Leé más notas de La Opinión Austral

Ver comentarios