La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) está a pocos días de finalizar el calendario de pagos correspondiente a julio 2023. Entre los beneficiarios que ya cobraron se encuentran los jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo, si como los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

No obstante, a partir del lunes 24 comenzarán los pagos de la Prestación por Desempleo, dirigida a personas que se encuentran sin trabajo. Para poder solicitar la misma en la ANSES es necesario cumplir con determinados requisitos. En esta nota te contamos cómo acceder a esta asistencia y cuáles serán sus valores en agosto ante la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Prestación por Desempleo de ANSES: quiénes la reciben

Este beneficio está disponible para trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador/a, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.

La suma adiciona además dos instancias condicionales:

  • Una trabajadora o trabajador permanente de al menos 6 meses, con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato,
  • Una trabajadora o trabajador eventual y/o de temporada que haya trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

Prestación por Desempleo: cuánto se cobra en julio 2023

El monto va desde $24.440 a $40.733. Los valores se calculan según ingresos y meses trabajados, con aportes durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses adicionales.

El valor del subsidio se actualiza de acuerdo con el incremento del SMVyM, por lo que también experimentará el aumento que se aplique en los próximos meses. A partir de agosto, el mínimo será de $31.294,40 y el máximo de $52.082,30.

Durante la vigencia de la prestación, se podrá acceder a otras asignaciones familiares y también a la obra social a la que estaba afiliado el titular. El período durante el cual se cobra la prestación se computará como antigüedad para fines previsionales.

Qué se necesita para pedir la Prestación por Desempleo

  • DNI (original y copia)
  • Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada de la empleadora o empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo de la empleadora o empleador: nota del síndico/a certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama de la
  • empleadora o empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia de la trabajadora o trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por la trabajadora o trabajador.
  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de una empleadora o empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

Quiénes NO pueden solicitar la Prestación por Desempleo

  • Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
  • Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
  • Sean beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
  • Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
  • Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
  • Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:
  • Servicio Doméstico.
  • Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
  • Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
  • Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.

Prestación por Desempleo: quiénes cobran el lunes 24 de julio

El lunes recibirán sus haberes los titulares del Fondo de Desempleo ANSES con terminación de DNI  0 y 1.
Calendario completo de pagos en julio 2023: 
  • Documentos terminados en 0 y 1: 24 de julio
  • Documentos terminados en 2 y 3: 25 de julio
  • Documentos terminados en 4 y 5: 26 de julio
  • Documentos terminados en 6 y 7: 27 de julio
  • Documentos terminados en 8 y 9: 28 de julio

Cómo acceder a la Prestación por Desempleo

  1. Presentar el DNI y la documentación que compruebe el desempleo. Este último requisito varía según el motivo de despido. Para más información podés ingresar a este enlace.
  2. Una vez con la documentación, podés pedir un turno en ANSES y presentarla de forma presencial en la oficina o acceder a Atención Virtual con tu CUIL y Clave de Seguridad Social.
Los solicitantes disponen de 90 días hábiles desde que se produjo la ruptura de la relación laboral para solicitar la prestación. En caso de solicitarla después, se descontará un día de prestación por cada día hábil transcurrido.

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