El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para el período correspondiente a los salarios devengados durante este mes, el cual estará comprendido entre el 26 de abril y 3 de mayo próximo.
El beneficio lanzado a comienzos de la pandemia consiste en asignar una suma de dinero individual y fija que se pagará a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Es un trámite gratuito que no requiere de intermediarios ni gestores.
Detalles
- Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación son marzo de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.
- El mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es marzo último.
- Asimismo, la resolución fijó también para el periodo del 26 de abril al 3 de mayo, la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente
- Las trabajadoras y los trabajadores encuadrados en los regímenes de Monotributo o Autónomo, con empleo dependiente en marzo último, se inscribirán en el servicio Repro II del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Publicos (AFIP).
- Estos mismos trabajadores, pero sin empleo dependiente en marzo, se inscribirán en un servicio específico del programa del sitio web de la AFIP.
¿Cuánto cobran?
- El Gobierno aumentó a $ 18.000 la asistencia para los sectores considerados críticos para los salarios devengados este mes, y definió que no pagará la asistencia a aquellos empleadores alcanzados por el aporte solidario y extraordinario que no cumplan con su obligación.
- También fijó para el resto de los meses en $ 9.000, $ 12.000 y $ 18.000 los valores de las asistencias del Repro II según se trate de sectores considerados no críticos y críticos, y el de la salud.
- Además, resolvió abonar sólo por un mes una suma dineraria de hasta $ 18.000 a trabajadoras y trabajadores independientes del sector gastronómico, encuadrados en los regímenes de Monotributo o Autónomo.
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