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Pasado el mediodía de este viernes 26 comenzó la sesión extraordinaria en la que se trató el Presupuesto Nacional 2026, jornada en la que también se debatía el proyecto de Inocencia Fiscal. El Presupuesto diseñado por el Poder Ejecutivo proyecta un crecimiento del PBI del 5% para 2026, una inflación anual de 10,1%, y estima un tipo de cambio a $1.423 para diciembre del año que viene.
Con el antecedente de lo sucedido el 17 de diciembre en Diputados, donde la oposición logró hacer caer el Capítulo XI del texto original, cuyo artículo 75 proponía la derogación de las leyes de Emergencia en Discapacidad y Financiamiento Universitario, votadas este año por el Congreso, vetadas posteriormente por Javier Milei e insistidas por ambas cámaras por dos tercios de los votos la gran duda pasaba por otro artículo ríspido: el 30.
Ese artículo deroga en sus incisos el artículo 9° de la Ley 26.206 de Educación Nacional; como así también los artículos 5°, 6° y 7° de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; el artículo 52° de la Ley 26.058, de Educación Técnico Profesional; y el inciso 1 del artículo 4° de la Ley 27.565 del Fondo Nacional de la Defensa.
El proyecto estima para el sector público nacional, ejercicio fiscal 2026, un resultado financiero superavitario de $2.734.029.655.055. Además, fija en la suma de $148.069.293.526.549 el total de los gastos corrientes y de capital del presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio 2026.
El proyecto estima en la suma de $148.295.762.681.598 el cálculo de recursos corrientes y de capital de la Administración Nacional, y fija en la suma de $20.721.561.948.071 los importes correspondientes a los gastos figurativos para transacciones corrientes y de capital de la Administración Nacional, quedando en consecuencia establecido el financiamiento por contribuciones figurativas de la Administración Nacional en la misma suma.
El resultado financiero superavitario queda estimado en la suma de $226.469.155.049. Asimismo, fija en la suma de $391.506.555.376 el importe correspondiente a gastos figurativos para aplicaciones financieras de la Administración Nacional, quedando en consecuencia establecido el financiamiento por contribuciones figurativas para aplicaciones financieras de la Administración Nacional en la misma suma. (Fuente: El Parlamentario).
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