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A través del decreto 755/2024, que fue publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional modificó el programa “Acompañar”, que brinda asistencia a las víctimas de violencia de género. En ese sentido, redujo la cantidad de cuotas percibidas por las beneficiarias y estableció la obligatoriedad de una denuncia.

“Podrá requerir la prestación toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia permanente en la República Argentina, a partir de los 18 años de edad”, destaca el nuevo artículo, tal como lo hacía el anterior.

Cabe señalar que previamente, para lograr acceder a esta asistencia económica, bastaba con presentar un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). A partir de ahora, con las modificaciones introducidas, las personas deberán también acreditar la realización de la denuncia judicial o policial de violencia por motivos de género.

En tanto, el Gobierno decidió reducir el tiempo durante el cual se cobrará esta asistencia económica, que será equivalente a un salario mínimo, vital y móvil. La normativa anterior establecía que este monto se cobraría durante seis meses, pero en la nueva disposición el Ejecutivo dispuso que sea por un lapso de tres meses.

Por último, la norma alega que este plan asistencial se creó con el objetivo de “promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo acreditado por situación de violencia por motivos de género, mediante el otorgamiento de una prestación económica y del fortalecimiento de redes de acompañamiento, destinada a cubrir los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias”.

EN ESTA NOTA Violencia de genero

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