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El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz condenó a BE Velázquez a la pena de un año de prisión en suspenso y una multa simbólica por haber sido encontrado con casi 20 gramos de cocaína.
Según pudo saber La Opinión Austral, todo comenzó en la madrugada del 30 de mayo de 2023, alrededor de las 06:40 horas, en Caleta Olivia. Durante un control de pertenencias al ingresar en calidad de aprehendido a la Comisaría Quinta, el personal policial halló en la riñonera de Velázquez cuatro envoltorios que contenían una sustancia blanquecina. Las pruebas posteriores no dejaron lugar a dudas: se trataba de 19,84 gramos de clorhidrato de cocaína.
La causa avanzó rápidamente hacia un acuerdo de juicio abreviado, una herramienta procesal que permite acelerar los tiempos judiciales cuando el imputado, con el debido asesoramiento de su defensa, reconoce su responsabilidad en el hecho. En este caso, la fiscalía, a cargo de Patricia Kloster, y la defensa pública oficial, ejercida por Gastón Morillo, acordaron la calificación de “tenencia simple de estupefacientes” y una pena de un año de prisión, una multa de 225 pesos y el pago de las costas del proceso. Velázquez, en una audiencia formal, admitió los hechos y prestó su conformidad con el acuerdo.
El análisis y la condena
El juez debió analizar tres escenarios posibles que prevé la Ley 23.737. El primero, y más grave, era la tenencia con fines de comercialización. Sin embargo, no se encontraron elementos que permitieran asegurar que la droga estaba destinada a la venta.
En el otro extremo se encontraba la figura atenuada de la tenencia para consumo personal. Aunque el imputado se reconoció como consumidor, el tribunal consideró que la cantidad secuestrada, casi 20 gramos, “no se presenta como ‘escasa’ en los términos exigidos por la figura atenuada”.
Así, el caso quedó encuadrado en la “figura base” o “tenencia neutra“. Esta calificación se aplica cuando una persona tiene droga en su poder, sabe que la tiene, pero no se puede probar ni que era para vender ni que era exclusivamente para consumir. El tribunal concluyó que Velázquez tenía el dominio sobre la sustancia, cumpliendo así con el tipo objetivo del delito, y que actuó con dolo, es decir, con conocimiento y voluntad.
Como resultado, BE Velázquez fue condenado, pero no irá a prisión por esta causa, aunque permanece detenido por otro hecho. Durante los próximos dos años, deberá cumplir estrictas reglas de conducta: fijar un domicilio, no cometer nuevos delitos y abstenerse de usar estupefacientes o abusar del alcohol.
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