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El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó sentencia en el caso de Clara López Cross y Rodrigo Adrián Bellido, quienes fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por su participación secundaria en el delito de transporte de estupefacientes en el año 2021. La condena llega tras un acuerdo de juicio abreviado, lo que aceleró el proceso judicial y permitió una resolución rápida del caso, siempre dentro de los límites establecidos por la ley.
La historia que lleva a esta sentencia comienza en febrero de 2021, cuando un cargamento de marihuana fue detectado en el cruce de las rutas nacionales 14 y provincial 39, en Entre Ríos. Los 29,4 kilogramos de la droga estaban distribuidos en 45 paquetes dentro de dos bultos enviados desde Eldorado, Misiones, a nombre de Quiroga López Cross. La sustancia, que fue interceptada por Gendarmería, tenía como destino final Caleta Olivia, donde la mujer se presentó, junto a Bellido, para retirarla de la empresa de transporte “Vía Cargo”. Sin embargo, ambos fueron detenidos tras ser acusados de estar involucrados en el transporte del estupefaciente.
A pesar de la gravedad de la situación, y en función de las pruebas y circunstancias personales de los imputados, la Fiscalía y la defensa acordaron que su participación en el hecho fue secundaria. Es decir, no tuvieron el control directo sobre el cargamento ni eran los propietarios de la droga, lo que les permitió acceder a una pena más benigna que la que hubiera correspondido de haber sido considerados coautores.
En su defensa, Quiroga López Cross explicó que su único papel fue retirar la encomienda a solicitud de Bellido, quien la había contactado para que lo hiciera. Ambos, de acuerdo con la causa, no tenían antecedentes penales previos y contaban con situaciones personales y socioeconómicas que fueron consideradas por el Tribunal. Quiroga López Cross trabajaba como empleada doméstica, mientras que Bellido,, estaba desempleado en el momento de su detención.
El Tribunal aceptó la propuesta de juicio abreviado y condenó a los dos imputados a tres años de prisión en suspenso, lo que significa que no cumplirán la pena en prisión, salvo que cometan nuevos delitos. Además, se les impuso una multa de 23 unidades fijas y se les establecieron reglas de conducta, como la obligación de realizar presentaciones mensuales ante la policía, abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas en público y, lo más destacado, la entrega de un pack de leche mensual a instituciones locales: un hogar de ancianos para Quiroga López Cross y un hogar de niños para Bellido, por el plazo de tres años
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