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Cuarteles de Bomberos de todo el país, y en particular de la provincia del Chubut, comenzaron a recibir en los últimos días facturas de servicios públicos con el beneficio establecido en la Ley N° 27.629, de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina.

La norma tiene como coautor al actual vicegobernador Gustavo Menna, quien la presentó y se aprobó en 2021, durante su mandato como diputado nacional junto al también exintegrante de la Cámara Baja y actual senador bonaerense Eduardo “Bali” Bucca. Asimismo, contó con el acompañamiento del entonces diputado nacional y actual gobernador, Ignacio “Nacho” Torres.

Rubén Oliva, presidente de la Federación Chubutense de Bomberos, valoró que “la ley impulsada por Gustavo Menna en cuanto al fortalecimiento del sistema de bomberos ya está dando muchos resultados y muy buenos. Muchos de los cuarteles ya están recibiendo las facturas con el no pago del consumo de gas”.

Casos

Por ejemplo, a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Madryn, que tenía un consumo de gas en el período de julio por 759.069 pesos, se le aplicó el beneficio previsto en la ley, por 772.057 pesos, con lo que pagará, en concepto de otros cargos y tasas, solo 36.349 pesos.

Un caso similar es el del cuartel de Bomberos de Trevelin, que en el mismo período tuvo un consumo de gas por 478.324 pesos y se le aplicó el beneficio por 486.838 pesos. Así, por otros cargos pagará únicamente 25.657,34 pesos.

Articulado

La Ley N° 27.629, en su artículo 3°, establece que “las entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales, telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.

Y precisa en su artículo 4° que “el régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de Argentina”.

Oliva comentó que “algunos cuarteles con menores montos se evitaron pagar 120.000 pesos, otros cerca de 160.000, y otros por 290.000 pesos” y precisó que a los cuarteles de Gaiman, Epuyén, Lago Puelo, Dolavon, El Hoyo y Sarmiento también les llegaron facturas de gas con el beneficio aplicado.
Todo el país

Desde el Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios explicaron que más de 1.100 asociaciones de Bomberos Voluntarios en todo el país estarían alcanzadas por los beneficios de la ley impulsada por Menna, además de 28 Federaciones Provinciales y el Consejo Nacional.

Pero mencionaron que, en el caso del beneficio del servicio de gas, las entidades beneficiadas son unas 500, ya que son las que cuentan con red de gas, de la que no disponen muchas de las provincias del norte argentino.

Y agregaron que la legislación, promulgada en 2021 y que recién ahora comienza a aplicarse, consiste no en una reducción sino en la gratuidad de los servicios de energía eléctrica, agua y gas.

Reclamo desde la Legislatura

No obstante, la Ley de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina también establece, en su artículo 14°, el Régimen de Reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que aún no comenzó a aplicarse.

Por ello, la Legislatura del Chubut aprobó hace pocos días, en la sesión ordinaria del 1° de agosto, la Resolución Número 208/24, presentada por la diputada del bloque oficialista Despierta Chubut María Andrea Aguilera que exhorta “al Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Economía, a proceder a la reglamentación efectiva del beneficio del reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en el Capítulo III de la Ley Nacional N° 27.629”.

Antes, el 11 de abril, y ante la demora en la aplicación de los beneficios en los servicios, la Legislatura había aprobado una declaración de la misma diputada para “manifestar la urgente necesidad de que se cumpla con el Régimen Tarifario Especial Gratuito establecido en la Ley N° 27.629 y reglamentado por el decreto número 23/2003, reconociendo que se trata de un servicio esencial y que cuenta con la protección legal en aras a su debido funcionamiento”.

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