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Lo que pretendía ser un desplazamiento habitual por las rutas patagónicas terminó convirtiéndose en un dolor de cabeza judicial para un vecino de Santa Cruz. El pasado 13 de febrero de 2024, alrededor de las 17:00 horas, el paisaje de la Ruta Nacional N° 3, a la altura del kilómetro 1845, fue el escenario de un procedimiento que cambiaría los planes de un hombre conocido por sus iniciales NFM. Mientras circulaba en sentido sur-norte al mando de una camioneta Renault Alaskan Intense 4×2, acompañado por su grupo familiar, se topó con un control de prevención del Escuadrón 41 de la Gendarmería Nacional Argentina.
Según pudo saber La Opinión Austral, al momento de solicitarle la documentación de rigor, NFM exhibió una cédula de identificación de vehículos que, a simple vista, parecía estar en regla. Sin embargo, el ojo entrenado del personal de criminalística detectó rápidamente que el documento carecía de las medidas de seguridad exigidas por ley. La pericia documentológica posterior confirmó lo que se sospechaba en aquel asfalto: la cédula, a nombre de un tercero, era apócrifa. Este hecho dio inicio a una causa bajo el artículo 296 del Código Penal, que castiga el uso de documentos falsificados.
Probation y una “reparación”
Tras un consenso entre la fiscalía y la defensa, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia otorgó la suspensión del juicio a prueba a cambio de una donación al Hospital Regional.
En una audiencia celebrada recientemente vía Zoom, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, bajo la dirección unipersonal de Alejandro Cabral, analizó la situación de NFM.
Durante el acto, la auxiliar fiscal, Florencia Monella, informó que se había llegado a un acuerdo con el defensor particular, Dr. Alberto José Luciani, para resolver el conflicto mediante una reparación integral.
Según la fiscalía, otorgar la suspensión del juicio a prueba (conocida popularmente como “probation”) se presentaba como una “buena respuesta del sistema punitivo” dada la falta de antecedentes penales del imputado.
NFM, un mecánico de 30 años que trabaja para una empresa petrolera y percibe un salario mensual de aproximadamente 3.000.000 de pesos, escuchó atentamente los términos del acuerdo. El hombre, nacido en Caleta Olivia pero residente en Pico Truncado, convive con su pareja y tres menores de edad.
Al ser consultado por el juez sobre si comprendía el pacto alcanzado, el acusado fue claro y directo al manifestar ante el tribunal que “entiende que va a estar un año a prueba, y que debe hacer una donación al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia por la suma de $ 300.000 en una cuota”.
Un año bajo la lupa judicial
El magistrado Alejandro Cabral homologó el beneficio por el término de doce meses, imponiendo pautas que incluyen la prohibición de consumir drogas y abusar del alcohol.
Finalmente, Cabral resolvió hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. La decisión se fundamentó en que la escala penal del delito permite una condena de ejecución en suspenso y que Manquis no es funcionario público, requisito indispensable para este beneficio. “Entiendo procedente la suspensión del juicio a prueba toda vez que carece de antecedentes condenatorios ni ha tenido otra suspensión“, dictaminó el magistrado en la sentencia.
Sin embargo, el beneficio no es un cheque en blanco. Para que su legajo quede limpio al finalizar el plazo, Manquis deberá cumplir a rajatabla una serie de reglas de conducta: mantener su domicilio, presentarse periódicamente ante la autoridad de control, no cometer nuevos delitos y, fundamentalmente, “abstenerse de usar y tener armas, consumir drogas, abusar de bebidas alcohólicas de manera pública u ostensible“. Además, tiene un plazo perentorio hasta el 10 de junio de 2026 para depositar los 300.000 pesos destinados al Ministerio de Salud de Chubut, bajo el alias “HOSPITALREGIONAL”
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