Este miércoles se confirmó la condena a 3 años y 3 meses de prisión efectiva para Luis Vidal por el brutal ataque a su expareja, Lorena Paredes, en octubre del 2018 en Comodoro Rivadavia. Tanto la fiscal María Laura Blanco como el juez Miguel Caviglia coincidieron en alejarse de los montos mínimos de pena, para ubicarse en la escala más alta de las sanciones previstas para este tipo de delitos.

Vidal había sido condenado a principios de junio por “lesiones leves doblemente agravadas, en concurso real con amenazas”, pero la sentencia aún no estaba firme. Hasta el momento, el agresor sólo tenía una tobillera electrónica y debía cumplir la prohibición de acercamiento, la cual violó en reiteradas ocasiones.

“No puedo ni ir a trabajar por miedo a que le pase algo a mis compañeros o a mí en el camino, tengo que cuidar mucho a mis amigos, tengo miedo por mi hija y mi familia. No solo pido que la ratifiquen sino que suban la pena”, había advertido la joven días atrás.

Fallo que sienta precedentes

La condena a 3 años y 3 meses de prisión efectiva para Luis Vidal se aleja de los montos mínimos de pena para ubicarse en la escala más alta de las sanciones previstas para este tipo de delitos, lo que supone un precedente de importancia en materia judicial de violencia de género.

En el juicio que se llevó a cabo en el mes de junio, el juez analizó la magnitud y los medios utilizados para la agresión: “En relación a los medios empleados y teniendo en cuenta el resultado del castigo propiciado, conforme dan cuenta las fotografías incorporadas como prueba durante el debate, lejos estoy de creer que sólo fueran el producto de un par de cachetadas que reconociera el imputado haber propinado, siendo acreditada la utilización de algún elemento romo de contundencia, como así también algún cable que a manera de látigo ha causado las improntas dejadas en los miembros inferiores de la víctima”.

En tanto la Fiscalía argumentó entre los agravantes no sólo el uso de cables y elementos contundentes, recordando palabras del agresor con tales objetos, con la expresión “así se doma una yegua”.

También consideró probado que la víctima sufrió un quiebre psicológico, lo que demandó un tratamiento específico para revertir esa situación, con internación de la mujer en el servicio de Salud Mental días antes del debate.

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