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La Justicia de Santa Cruz dio a conocer este viernes un veredicto que generó polémica y reacciones encontradas en El Calafate y Río Gallegos. Jeremías Vera Oro, el hombre acusado de haber golpeado brutalmente a Antonio Rueda en agosto de 2022, fue condenado a un año de prisión por “lesiones leves”, pese a que la víctima falleció horas después del ataque. La decisión judicial reaviva el debate sobre la calificación de los hechos violentos y la valoración de las pruebas médicas en casos donde la violencia se cruza con contextos de discriminación y odio.
Tal como lo informó La Opinión Austral, el caso conmovió a la villa turística de El Calafate en aquel invierno de 2022, cuando Rueda, de 45 años, murió tras sufrir un infarto pocas horas después de haber sido agredido en el barrio Las Piedras. Desde entonces, la investigación judicial estuvo marcada por idas y vueltas en torno a la imputación, mientras la familia de la víctima reclamaba justicia y una condena ejemplar.
El juicio oral se llevó a cabo en la Cámara Oral de Río Gallegos, presidido por el juez Jorge Yance e integrado por los magistrados María Alejandra Vila y Fernando Zanetta. Durante la audiencia se escucharon testimonios de familiares, peritos forenses y testigos, en un clima cargado de tensión. Vera Oro, que llegó al debate en libertad tras haber sido excarcelado en 2023, decidió declarar recién al final, pidiendo disculpas a la familia de Rueda.
La querella, representada por los abogados Sandro Levin y Daniel Albornoz, había sostenido inicialmente la figura de homicidio agravado, pero en su alegato final pidió condenar al acusado por tentativa de homicidio agravado por odio, solicitando una pena de 15 años. Para los letrados, “el dolo homicida estaba probado”, apoyándose en los insultos y amenazas vertidos durante la agresión: “te voy a matar por p…”. En ese sentido, remarcaron que no solo hubo violencia física, sino también un trasfondo de discriminación que debía ser ponderado.
La fiscal Verónica Zuvic, en cambio, mantuvo la postura de la instrucción: lesiones simples agravadas por odio. Argumentó que no existía prueba científica que vinculara directamente los golpes con el infarto que derivó en la muerte de Rueda, destacando además las patologías preexistentes del hombre. La defensa, a cargo del abogado Tomás Rodríguez, pidió la absolución, insistiendo en que las pruebas eran insuficientes y que el desenlace fatal se debía a problemas de salud previos.
Finalmente, el tribunal resolvió condenar a Vera Oro a un año de prisión por lesiones leves. Como el acusado ya había estado detenido durante parte de la instrucción, la pena quedó en la práctica cumplida. La noticia cayó como un baldazo de agua fría para la familia de Rueda, que esperaba un fallo mucho más severo. Desde la querella confirmaron a La Opinión Austral que apelarán la sentencia mediante un recurso de casación, al considerar que “no se tuvo en cuenta el contexto en que ocurrió el hecho”.
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