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El hallazgo de un hombre buscado desde hace años por la Justicia en plena vía pública de Las Toscas vuelve a poner bajo la lupa la actuación del sistema judicial. Maximiliano Ulloa, oriundo de Gobernador Gregores, tenía dos pedidos de paradero activos. Sin embargo, tras ser identificado por la policía local, recuperó su libertad por disposición del fiscal interviniente. El caso plantea serias preguntas sobre los criterios que rigen la aplicación de justicia en nuestro país.

De acuerdo a la información a la que tuvo acceso La Opinión Austral, a través de fuentes consultadas y lo consignado por medios del norte del país, se pudo saber que en la mañana del domingo , un procedimiento policial rutinario en la ciudad de Las Toscas, al norte de la provincia de Santa Fe, derivó en una situación que dejó perplejos a vecinos y encendió el debate sobre la efectividad del sistema judicial argentino. Eran las 9:45 cuando efectivos policiales, en el marco de un patrullaje preventivo por calle 2, entre 321 y 23, interceptaron a un hombre que caminaba solo, sin generar sospechas evidentes. Al ser identificado, se presentó como Maximiliano Ulloa, de 35 años, con domicilio declarado en la localidad de Gobernador Gregores.

Ulloa tenía las cautelares en su contra desde el 17 de febrero de 2017 y el 6 de noviembre de 2018.

Al momento de verificar sus antecedentes a través del sistema informático nacional, los uniformados constataron que sobre Ulloa pesaban dos pedidos de paradero emitidos por el Juzgado de Instrucción N°1 de Santa Cruz, con fechas del 17 de febrero de 2017 y el 6 de noviembre de 2018. Si bien no se detallaron públicamente los motivos de estas solicitudes judiciales, el hecho de que sigan vigentes tras más de seis años no es un dato menor.

Según pudo saber este diario, lo sorprendente del caso llegó minutos después, cuando la policía informó de la detención a la Fiscalía de turno. Lejos de ordenar su detención o traslado a la jurisdicción de origen, el fiscal resolvió que Ulloa recupere inmediatamente su libertad, sin que mediara una indagatoria en profundidad ni una orden de traslado o comunicación con el Juzgado que había emitido los pedidos.

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