Your browser doesn’t support HTML5 audio

La Justicia Federal de Santa Cruz acaba de sentar un precedente significativo que vuelve a poner en el centro del debate la tensión entre la lucha contra el narcotráfico y la protección de los derechos humanos. El Tribunal Oral Federal, con asiento en Río Gallegos, dictó sentencia este martes,  condenando a una ciudadana dominicana que reside hace casi 17 años en Argentina a cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Sin embargo, el punto crucial del fallo no fue la condena en sí, sino la modalidad de cumplimiento de la pena: la imputada, IY Valenzuela Gómez, cumplirá la pena bajo la modalidad de arresto domiciliario. Esta decisión se fundamentó en una cuidadosa evaluación de su situación familiar y de salud, invocando el Interés Superior del Niño, un principio de jerarquía máxima en nuestro ordenamiento jurídico.

La doble vida

Valenzuela Gómez, nacida en San Juan de la Maguana, República Dominicana. Radicada en la zona de chacras sur de Las Heras, la mujer vive en concubinato y es madre de cuatro hijos, uno de ellos, de 15 años, menor de edad, que reside con ella.
Junto a su pareja, Valenzuela Gómez mantiene un emprendimiento familiar de baldosas, un negocio habilitado por la municipalidad de Las Heras, que les reporta un ingreso mensual de aproximadamente $1.200.000.

El procedimiento fue ejecutado por el persona de la DDI y de Narcocriminalidad. FOTO: LA OPINIÓN AUSTRAL

Pero esta vida de emprendimiento tenía una cara B, que se reveló a partir de una denuncia anónima recibida en mayo de 2023 por la División Narcocriminalidad de Caleta Olivia. Las tareas de investigación posteriores revelaron que Valenzuela Gómez, inicialmente identificada erróneamente como “Indira Pacheco“, estaba involucrada en el circuito de tráfico. La policía determinó que la mujer efectuaba venta de estupefacientes bajo la modalidad de “delivery“, utilizando su vehículo particular, un Volkswagen Gol Trend. Los seguimientos policiales documentaron reiteradas maniobras de “pasamanos” a terceros que se acercaban a su rodado.
El 31 de octubre de 2023, la operación culminó con una orden de allanamiento en su domicilio y la requisa del vehículo. El resultado fue contundente: el personal policial secuestró 162 gramos de cocaína, distribuidos en el placar de su habitación (en un frasco, fraccionados en cuatro envoltorios) y ocultos en su Gol Trend (en una cartera, una media azul y un recipiente de plástico, fraccionados en múltiples dosis pequeñas). Además, se incautaron cuatro fajos de dinero en efectivo en billetes de baja denominación, un indicio que robusteció la hipótesis de comercialización ilegal.

El frente del edificio donde se realizó el debate abreviado. FOTO: JOSÉ SILVA/LA OPINIÓN AUSTRAL

Valenzuela Gómez reconoció el hecho ante el personal preventor, declarando a viva voz que “vende sustancia, compra y divide en bolsitas”. Posteriormente, en sede judicial, se acogió al juicio abreviado, declarando: “yo me hago cargo de lo que encontraron en mi casa, yo no soy ninguna narcotraficante, yo por necesidad, salí a la calle a vender y estoy totalmente arrepentida”.

La prisión domiciliaria

La decisión de conceder la prisión domiciliaria a una condenada por narcotráfico, un delito grave que atenta contra la Salud Pública, fue tomada por el Tribunal. El fiscal general interino, Gastón Pruzan, solicitó expresamente la modalidad de arresto domiciliario, basándose en dos pilares fundamentales: Primero, su salud, entendiendo que la acusada padece diabetes tipo 2, y luego el vínculo entre ella y su hijo menor de edad. S

i bien la ley establece el beneficio del arresto domiciliario para la madre de un niño menor de cinco años, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz optó por una interpretación amplia y progresiva de la normativa. El magistrado sostuvo que el presupuesto de “menor de 5 años” no debe ser un límite infranqueable, ya que una interpretación restrictiva chocaría con la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y el Interés Superior del Niño, que goza de jerarquía constitucional.
Además, el Tribunal consideró la cruda realidad carcelaria argentina y la lejanía: la cárcel de mujeres más cercana se ubica en Santa Rosa, La Pampa, a más de 1400 kilómetros del domicilio de la condenada en Las Heras, lo que afectaría irremediablemente el vínculo materno-filial. El cumplimiento de la pena será monitoreado mediante una modalidad mixta de control electrónico y visitas aleatorias de las fuerzas de seguridad

Leé más notas de La Opinión Austral