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El 31 de diciembre de este 2025 vence la ley electoral transitoria votada por la Cámara de Diputados para poder realizar los comicios en Cañadón Seco, tras el fallecimiento del comisionado Jorge Soloaga, hecho que ocurrió sin que la provincia haya reemplazado la ley de lemas derogada el año 2024.

Ante la proximidad de volver a quedar sin norma electoral, la legislatura santacruceña convocó el pasado 25 de noviembre a los diputados para avanzar en la redacción de la futura Ley Electoral Provincial, tal como establece el Artículo 7 de la Ley Electoral Provincial Transitoria N°3929.

Las próximas elecciones se realizarán en 2027.

En el recinto, legisladores de todos los bloques “trabajaron en una instancia de debate orientada a construir una norma transparente, ágil y representativa”, se indicó de manera oficial. Asimismo, se sostuvo que se acordó continuar con estos encuentros e incorporar a actores sociales y fuerzas políticas para ampliar el debate y garantizar pluralidad de voces.

En este marco, este miércoles ingresaron a la legislatura tres proyectos de ley que contienen propuestas para una reforma electoral. La más abarcativa de las iniciativas lleva la firma de tres legisladores del oficialismo: Fabiola Loreiro, Santiago Aberastain Zubimendi y José Quiroga (bloque Por Santa Cruz), bajo el título “ley de implementación de la boleta única, regulación del sistema electoral provincial y limitación de mandatos en la provincia de Santa Cruz”.

La diputada Fabiola Loreiro, autora de uno de los proyectos de ley. (FOTO: JOSÉ SILVA / LA OPINIÓN AUSTRAL).

En el artículo 1°, los diputados la sintetizan en regular la organización, desarrollo y fiscalización de los procesos electorales de Santa Cruz mediante la implementación obligatoria del sistema de Boleta Única, la incorporación del sistema de balotaje, y el establecimiento de limitaciones a la reelección de cargos electivos.

Tras una serie de aclaraciones que coinciden con la ley nacional, como la del voto optativo a partir de los 16 años y obligatoria a partir de los 18, se centra en la boleta única, de la cual sostiene que bajo esa modalidad se realizarán las elecciones provinciales.

En las elecciones del 2025 se realizaron con el sistema de Boleta Única Papel.

Asimismo, en el artículo 8° bis se habla de la “simultaneidad Obligatoria de Elecciones Provinciales y Municipales”. Se establece que las elecciones para la renovación de todos los cargos electivos provinciales y municipales deberán realizarse de manera simultánea, en una misma fecha establecida por la autoridad electoral provincial.

“La finalidad de esta disposición es optimizar el uso de recursos públicos, garantizar la transparencia administrativa, asegurar igualdad de condiciones entre los distintos niveles de gobierno y evitar distorsiones originadas por desdoblamientos discrecionales del calendario electoral”, sostienen. Asimismo, “se procura impedir conductas especulativas que permitan a determinados candidatos a modificar su estrategia electoral según resultados previos de otras categorías, afectando la equidad del proceso y la voluntad ciudadana”, aclaran.

Balotaje y limitación de mandatos

Otro punto destacado es el artículo 9°, que habla de la implementación del Balotaje. En ese sentido, sostienen que resultará electa la fórmula que obtenga el cuarenta y cinco por ciento (45%) o más de los votos válidos afirmativos emitidos. Si ninguna fórmula alcanzare el porcentaje indicado, se convocará a segunda vuelta electoral dentro de los 30 días siguientes entre las dos fórmulas más votadas en la primera vuelta. Mientras que en la segunda vuelta resultará electa la fórmula que obtenga la mayoría simple de los votos afirmativos válidamente emitidos.

En el 2024 se derogó la ley de lemas. (FOTO: LEANDRO FRANCO/LA OPINIÓN AUSTRAL).

Pero también apunta a una prohibición de la reelección indefinida para todos los cargos electivos provinciales. En ese orden, plantea que el Gobernador y Vicegobernador podrán ser reelegidos una sola vez de manera consecutiva. Tras un mandato fuera del cargo, podrán volver a presentarse.

En cuanto a los diputados provinciales y por municipio, y concejales podrán ser reelectos por un máximo de dos mandatos consecutivos. Mientras que los Intendentes y Comisionados de Fomento podrán ser reelegidos una sola vez consecutiva.

Una de las últimas elecciones con Ley de Lemas, derogada en Santa Cruz. Decenas de opciones electorales y mucha confusión.

Los diputados firmantes, todos ellos del bloque Por Santa Cruz, sostuvieron que la provincia de Santa Cruz requiere una modernización urgente de su sistema electoral, a fin de garantizar procesos transparentes, simples, equitativos y representativos del verdadero deseo de las comunidades. En nuestra provincia, “la ley de lemas fue un modelo de confusión, desconfianza y de resultados que no han reflejado a la voluntad popular”, indicaron.

Muñoz y Peralta proponen Boleta Única

Los otros dos proyectos presentados apuntan a consolidar por ley el voto con Boleta Única de Papel, Uno de ellos es del diputado Pedro Muñoz, del bloque ARI Coalición Cívica. En su iniciativa, pide adoptar para la provincia de Santa Cruz el sistema de Boleta Única por Categoría.

La Boleta Única de Papel se implementó en las elecciones legislativas nacionales 2025 y tuvieron muy buena aceptación de la comunidad.

Sostiene que la experiencia y los excelentes resultados del sistema de Boleta Única en formato papel utilizado en la provincia de Santa Fe, hacen propicio que el mismo sirva de base y modelo para su adopción también en Santa Cruz. En definitiva, plantea que el sistema de Boleta Única es superior al sistema de boleta partidaria tradicional en varios sentidos:

  • Es más transparente: reduce sustancialmente la posibilidad del fraude electoral.
  • Garantiza al ciudadano una oferta electoral completa.
  • Ataca las prácticas clientelares. Evita el voto cadena.
  • Termina con el negocio de la impresión de boletas.
  • Garantiza a los candidatos y listas partidarias equidad en la competencia electoral.
  • Otorga mayor autonomía al votante para decidir. Impide el arrastre por tracción de la boleta sábana horizontal.
  • Simplifica el escrutinio, facilita y agiliza la fiscalización.

Por su parte, la iniciativa del diputado Daniel Peralta apunta a que los procesos electorales de autoridades electivas provinciales, municipales y de las comisiones de fomento de la Provincia se deben realizar por medio de la utilización de la Boleta Única de Sufragio, de acuerdo a las normas que se establecen en la presente.

En ese sentido, sostuvo que “promueve la eficiencia económica, ya que la autoridad electoral imprime una cantidad de boletas levemente superior a la cantidad de electores; garantiza la igualdad para los partidos/candidatos, dado que todos están presentes en una misma boleta electoral.

Daniel Peralta y Pedro Muñoz, diputados provinciales. (FOTO: LEANDRO FRANCO / LA OPINIÓN AUSTRAL).

También que dificulta prácticas maliciosas como el “voto cadena” y elimina el robo de boletas del cuarto oscuro. Y que en el marco del fragmentado sistema de partidos argentino, simplifica la acción de sufragio del elector, al presentar todos los candidatos en una papeleta y no en múltiples boletas esparcidas en el cuarto oscuro.

Todas estas iniciativas electorales tomarán estado parlamentario este jueves 11 de diciembre, en sesión ordinaria. Hasta el momento, el sector Unión por la Patria no presentó su proyecto de ley y se espera que una vez que estén todos en la legislatura, se pueda trabajar en consenso entre todas las fuerzas políticas en el más adecuado. Por lo pronto, es posible que la ley actual sea prorrogada por otros seis meses.

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