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Un tribunal provincial ratificó el procesamiento del acusado, quien intentó revisar el teléfono de su expareja y luego le impidió irse de la vivienda. La defensa alegó “falta de pruebas“, pero la Justicia aplicó perspectiva de género y sostuvo que los hechos configuraron tentativa de robo y privación ilegítima de la libertad.

En un fallo que refuerza el enfoque de género en la Justicia penal, el Juzgado de Recursos de Santa Cruz confirmó el procesamiento pero sin prisión preventiva para un hombre acusado de intentar revisar el celular de su expareja y, tras una violenta discusión, impedirle abandonar la vivienda. El caso, que comenzó con una denuncia por violencia de género, terminó con el procesamiento del imputado por “privación ilegítima de la libertad en concurso real con robo en grado de tentativa“.

“No me dejaba salir”

Según la denuncia, la víctima —cuyo nombre se preserva por razones de seguridad— relató que el acusado le arrebató el teléfono para revisarlo, generando una discusión. Aunque logró recuperarlo y llamar a amigos para que la auxiliaran, el hombre le impidió salir del domicilio, incluso cuando intentó escapar por una ventana. Recién con la llegada de sus amigos pudo abandonar el lugar, pero la situación escaló hasta llegar a la Justicia.

Nelson Sánchez, juez de Recursos. (FOTO: LA OPINIÓN AUSTRAL)

El imputado, identificado como K. D. A., fue procesado inicialmente por el Juzgado de Instrucción N° 2 de Río Gallegos, subrogado por Fernando Zanetta, pero su defensa apeló, argumentando “nulidad procesal” y “falta de tipicidad” en los delitos imputados. Según el defensor, no había pruebas suficientes para sostener que hubo privación de libertad o intención de robo, ya que el teléfono fue devuelto y usado por la víctima para pedir ayuda.

La Justicia no lo dudó

Sin embargo, el juez Nelson A. Sánchez, a cargo del Juzgado de Recursos, rechazó el planteo de la defensa y confirmó el auto de procesamiento. En su resolución, destacó que la tentativa de robo quedó demostrada al haberse apropiado momentáneamente del celular, y que la privación de libertad se configuró al impedir que la mujer abandonara el lugar.

Además, el tribunal subrayó que se respetaron todas las formalidades procesales: el domicilio, la fecha y el horario de los hechos fueron detallados en la causa, y la declaración de la víctima fue clave para reconstruir lo sucedido.

“No hubo indefensión”, sentenció el magistrado, quien también remarcó que la calificación legal de los hechos fue analizada con perspectiva de género, un enfoque cada vez más determinante en casos de violencia intrafamiliar

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