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El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz dictó sentencia contra MA Zárate, un vecino de 33 años, de ocupación chatarrero y padre de dos hijos de 6 y 7 años, condenándolo a un año de prisión de cumplimiento efectivo, además de una multa.
El expediente, puso en relieve cómo un incidente menor puede desencadenar una investigación federal con consecuencias serias para el implicado. El hecho que dio origen a la causa ocurrió el 29 de noviembre de 2023. Zárate, junto a otra persona identificada como Gómez, fue demorado en las inmediaciones del Club Social y Deportivo Empleados de Servicios Públicos Sociedad del Estado. ¿La razón inicial? La División Unidad Operativa Caminera Chimen Aike había tomado conocimiento de que ambos habrían hurtado elementos del mencionado club deportivo.
Fue la requisa vehicular del rodado -una pick up Volkswagen Saveiro- lo que torció radicalmente el rumbo de la investigación. Debajo del asiento del conductor se halló un envoltorio con sustancia vegetal. Pero el hallazgo crucial se produjo en una riñonera que pertenecía a Zárate. Dentro de ella, el personal policial encontró una balanza pequeña, una tarjeta de débito y $140.000 pesos en efectivo. Además, se secuestraron dos pastillas y dos envoltorios conteniendo sustancias.
A raíz de estos elementos, se convocó a la División Narcocriminalidad de Río Gallegos, cuyos tests orientativos de campo arrojaron resultados positivos para marihuana y cocaína. Posteriormente, el informe final de Gendarmería Nacional confirmó las sustancias, detallando que el total de cocaína incautado ascendía a 36,02 gramos y la marihuana a 9,57 gramos.
El camino judicial se encauzó mediante un acuerdo de juicio abreviado, presentado por el fiscal Pablo Mansilla y el defensor particular, Jorge Trevotich. Si bien Zárate, al ser indagado, afirmó consumir marihuana desde los 13 años y negó que la cocaína y las pastillas fueran suyas, alegando dedicarse a la compra y venta de metales.
Este es el punto neurálgico del fallo. El Tribunal consideró que la tenencia de Zárate no encuadraba en la figura atenuada de “consumo personal“. Para que se aplique esa figura, la posesión del tóxico debe acreditarse de manera “inequívoca” para el destino consumista y la cantidad debe ser “escasa”.
El monto de la pena, un año de prisión, se ubica en el mínimo de la escala penal. Sin embargo, el Fiscal solicitó que fuera de cumplimiento efectivo, basándose en los antecedentes penales que registraba el encausado.
El abogado defensor de Zárate, consciente de que la condena era inevitable bajo la figura de juicio abreviado, introdujo un elemento social de peso: la solicitud de cumplimiento de la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Este pedido se fundamenta en que el condenado es sostén de familia y tiene dos hijos menores de 6 y 7 años a su cargo.
El Tribunal, no resolvió inmediatamente esta solicitud, sino que ordenó la formación de un incidente específico de prisión domiciliaria. Esto significa que, si bien la condena de prisión efectiva está firme, aún está pendiente la definición sobre el lugar donde deberá cumplirla, un punto vital para su familia.
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