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El pasado 29 de mayo de 2026, el Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, con asiento en Río Gallegos, dictó un fallo que pone bajo la lupa los alcances de la “probation” en casos de tenencia de estupefacientes.
De acuerdo a la información a la que tuvo acceso La Opinión Austral, a través de fuentes consultadas, se pudo saber que la historia se remonta a la tarde del 21 de marzo de 2024. Eran cerca de las 16:20 cuando las fuerzas de seguridad ingresaron al domicilio de la calle Rosa de Wilson al 1200. Lo que encontraron allí no era para nada “consumo personal” en términos visuales: 8,585 kilogramos de marihuana distribuidos por toda la casa.
Según pudo saber este diario, había ramas colgadas en un depósito como si fuera un tendedero, hojas esparcidas en la cocina y una valija cargada de cogollos en un dormitorio. Además, se secuestró una balanza de precisión, un elemento que suele ser el “ABC” de la acusación por comercialización.
El fiscal recalificó el hecho al no poder probar la intención de venta, permitiendo que los imputados eviten la cárcel a cambio de aportes económicos y conducta ejemplar durante un año. Originalmente, PE Gutiérrez, SA Mejuto y DD Salva enfrentaban una acusación pesada: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Sin embargo, en un giro procesal común en los pasillos de los tribunales federales cuando las pruebas flaquean, el fiscal general señaló que no se podía acreditar con certeza el “fin de comercialización”. Así, la carátula mutó a “tenencia simple“, un delito que, por su escala penal, abre la puerta al beneficio de la suspensión del juicio a prueba.
El acuerdo alcanzado entre la defensa oficial y el Ministerio Público Fiscal, y ratificado por el juez Luis Alberto Giménez, establece que los tres jóvenes deberán cumplir estrictas reglas durante un año.
El “precio” de esta segunda oportunidad incluye una reparación económica de 100.000 pesos para cada uno. En el caso de Gutiérrez, el dinero irá al Comedor Escolar de la Municipalidad de Pico Truncado; Salva hará lo propio con la Escuela EPJA N° 3 de la misma localidad, donde casualmente está terminando el secundario. Por su parte, Mejuto, quien planea radicarse en Salta Capital, deberá informar próximamente qué institución recibirá su aporte en insumos o alimentos.
Mientras uno de los involucrados se muda al norte del país, los otros deberán completar el secundario y trabajar gratis para la comunidad para saldar su deuda definitiva con la ley.
Más allá de los billetes -que incluyen una multa legal casi simbólica de 225 pesos fijada por la Ley de Drogas-, el fallo hace hincapié en la formación y el trabajo comunitario. Gutiérrez deberá participar en talleres laborales y acreditar que continúa con sus estudios; Salva tendrá que prestar dos horas semanales de servicio en Cáritas; y Mejuto deberá realizar aportes solidarios constantes. Todos tienen prohibido abusar de bebidas alcohólicas o consumir estupefacientes de forma pública, además de la obvia restricción de portar armas o cometer nuevos delitos.
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