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Un hecho de extrema peligrosidad alertó a Río Gallegos en el 2018: un par de delincuentes fueron detenidos por la Policía luego que uno de ellos le apuntara con un arma a un efectivo de la fuerza de seguridad.
Tal como lo informó La Opinión Austral en su momento, todo ocurrió en la madrugada del 15 de abril del año antes mencionado. Un efectivo policial estaba parado afuera de Doña Ana, como consigna solicitada en su momento por la Justicia, para resguardar la escena del crimen donde habían asesinado al reconocido comerciante Vicente Maillo.
Fue en ese momento en que un auto Peugeot blanco que pasaba por la calle Zapiola, abrió una de sus ventanas y, desde allí, una persona hasta ese momento no identificada apuntó al agente con un rifle. Gracias a la rápida intervención de la fuerza policial, el rodado fue interceptado a unas pocas cuadras.
En el interior estaban Vitali y Pérez, dos hombres de mediana edad, oriundos de Misiones y Córdoba respectivamente que fueron esposados y trasladados a la Comisaría Segunda. En el interior del Peugeot los efectivos hallaron once envoltorios de nylon en el asiento delantero del acompañante, que contenían una sustancia pulverulenta que reaccionó positivamente a clorhidrato de cocaína, indicó el parte de la Policía en aquel momento, además del rifle antes mencionado.
Como la droga estaba dividida en envoltorios, inicialmente, la fiscalía de la etapa preparatoria atribuyó a Vitali y Pérez, en calidad de coautores, el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, pero esa carátula no se mantuvo.
Sin embargo, el devenir del proceso judicial tomó un giro crucial. Las partes, en un claro ejercicio de las facultades concedidas por la ley procesal, presentaron un acuerdo de juicio abreviado en los términos del art. 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN). En este contexto, la fiscal general subrogante, Patricia Kloster, rectificó la significación jurídica del hecho atribuido, considerando que la subsunción típica inicial no guardaba correlato con el grado de certeza exigido para una sentencia condenatoria.
De esta manera la calificación pasó a tenencia simple y, en un juicio abreviado, los acusados reconocieron ser consumidores y, según el fallo al que tuvo acceso La Opinión Austral, fueron condenados a la pena de dos años de prisión en suspenso.
¿Qué quiere decir en suspenso? es que los ahora condenados deberán someterse a un régimen de conducta en la que deberán cumplir con una serie de tareas como la de fijar domicilio o no cometer nuevos delitos si no quieren perder el beneficio de la libertad.
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