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Tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que convalidó la ley que amplió el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de cinco a nueve vocales, se prevé un importante reordenamiento interno dentro del máximo órgano judicial de la provincia.

Los cambios no sólo alcanzarían a la futura conducción del TSJ, sino también a distintas decisiones administrativas y laborales que comenzarán a ser revisadas por la nueva conformación del cuerpo.

Daniel Mariani, presidente del Tribunal Superior de Justicia. FOTO: LEANDRO FRANCO/LA OPINIÓN AUSTRAL

Según pudo saber de manera exclusiva La Opinión Austral, uno de los puntos que integrará el plan de acción del nuevo Tribunal será el análisis de los ingresos de setenta empleados al Poder Judicial concretados en los últimos meses.

Las incorporaciones se realizaron en distintas áreas y, de acuerdo a lo confirmado a este medio, “no en las esenciales”. En ese marco, no descartan que varios de los trabajadores no continúen en funciones, ya que el proceso mediante el cual ingresaron sería uno de los temas sobre los cuales el nuevo Tribunal pondrá el “foco”.

Otro de los asuntos que comenzará a ser evaluado es el pago de los haberes de Franco Mascheroni, titular del gremio de los Judiciales Provinciales 3 de Julio”. De acuerdo a las estimaciones que manejan dentro del ámbito judicial, el TSJ dejaría de abonarle el sueldo y solicitaría que se le mantenga el puesto laboral, aunque sin goce de haberes, mientras que el pago quede a cargo del gremio al que representa.

Franco Mascheroni, referente del gremio de los Judiciales. (FOTO: LEANDRO FRANCO/ LA OPINIÓN AUSTRAL).

En relación con la situación del sindicato de judiciales, cabe recordar que en el fallo emitido por la Corte Suprema también se resolvió que la entidad que promovió la demanda deberá afrontar las costas del proceso. De hecho, sobre el final del fallo de la Corte, sostiene: “…Se declaran admisibles las quejas, procedentes los recursos extraordinarios deducidos, se deja sin efecto la sentencia apelada y se rechaza la demanda (artículo 16, ley 48). Con costas. Reintégrense los depósitos efectuados en las quejas CSJ 773/2026/RH1 y CSJ 665/2026/RH1. Notifíquese, remítanse las quejas y devuélvanse los autos principales”.

Hasta el momento, no trascendió cuál sería el monto que deberá asumir el gremio por ese concepto.

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