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En la séptima sesión ordinaria de la Cámara de Diputados se aprobó el ley N°068/25 -bloque Por Santa Cruz- denominado “Código Fiscal Zona Franca” que le da un beneficio impositivo a aquellas empresas radicadas en ambos predios de las ciudades de Río Gallegos y Caleta Olivia, como así también a quienes les provean de bienes y servicios.

Se trata ni más ni menos que de una medida que los exime del impuesto por ingresos brutos a aquellas empresas que se radiquen en alguna de las dos zonas francas. Según se argumentó, esta iniciativa apunta a atraer inversiones, la generación de nuevos puestos de trabajo, mejorar la competitividad y el desarrollo regional.

Intentan que se radiquen más empresas en la zona franca comercial y minorista de Río Gallegos. (Fotos: La Opinión Austral).

La iniciativa, propuesta por los diputados Pedro Luxen y Mario Piero Boffi, establece la Incorporación de los incisos g) y h) al artículo 167 del Código Fiscal de la Provincia, Ley N° 3486 el que quedó redactado de la siguiente manera:

“Artículo 167.- No constituyen actividad gravada con este impuesto: …g) Los ingresos obtenidos por los sujetos radicados en la Zonas Francas Santacruceñas, provenientes de actividades efectivamente realizadas en dicho ámbito territorial; h) Los ingresos provenientes de la introducción de bienes desde el Territorio Aduanero General o Especial con destino a las Zonas Francas Santacruceñas, como también los derivados de las locaciones -sea de bienes, obras o servicios- y prestaciones de servicios que se realicen efectivamente en el ámbito de las ZF con los sujetos radicados en ella”.

Fundamentos

A la hora los argumentos, los legisladores recordaron que las zonas francas son espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero y, tanto su importación como su exportación, no están gravadas con tributos -a excepción de las tasas retributivas de servicios- ni alcanzadas por prohibiciones de carácter económico.

También que el objetivo de las mismas es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora, por lo que las zonas francas son para las provincias una fuente importante de mejores y mayores empleos y puestos de trabajo, crecimiento económico, desarrollo urbano, ingresos e inversiones que contribuyen al crecimiento y a la competitividad de la economía, incorporándose de esta manera plenamente en el proceso de integración regional.

Pedro Luxen, diputado provincial. (FOTO: LEANDRO FRANCO/ LA OPINIÓN AUSTRAL)

“En esta oportunidad se propone desgravar y eliminar la incidencia del impuesto a los ingresos brutos a los sujetos radicados en las zonas francas de la provincia de Santa Cruz cualquiera sea el servicio y/o actividad prestada, contando la iniciativa con el pronunciamiento y consecuente aval de la autoridad de aplicación del Código Fiscal de la Provincia” y añadieron que “el tratamiento diferencial para los sujetos involucrados, consiste en liberarlos del tributo no solo por los ingresos obtenidos por ventas, sino por los provenientes de las operaciones que en general resultan admitidas por la legislación aplicable en la materia”.

A su vez, “se prevé idéntico beneficio para aquellos sujetos radicados en el terreno aduanero general que provean de bienes o suministren servicios efectivamente prestados a quienes se encuentren ubicados en las zonas francas, evitando de esta manera que estos últimos resulten incididos por el gravamen por efecto de la traslación”. Y añadieron que las medidas propiciadas “generarán un impacto económico favorable, beneficiando a la provincia, aumentando la posibilidad de captar inversores nacionales y extranjeros que se dediquen a la importación, exportación, almacenamiento e industrialización de diversos bienes y prestación de servicios”.

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